Germán Pinto



Germán Pinto

Tal como se dice en el mundo de “las pasarelas”, toda moda vuelve, y parece, en materia tributaria, también se aplica, pues el 17 de enero recién pasado, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Resolución 12 que restablece la obligación de emitir el documento electrónico en las transacciones de bienes y servicios afectos o no con IVA.


Con mucha expectación leí el proyecto de ley ingresado al Congreso el 6 de enero recién pasado, que tenía por título “Modifica los cuerpos legales que indica, en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica”. Si bien no decía “que modifica la ley de la renta”, pensé que la mención del fomento económico incluiría algo sobre la materia.


La semana pasada conocimos el resultado de algunas medidas que contenía la Ley de Cumplimiento Tributario, que buscaba un incremento de la recaudación a través de optimización de procesos y otras medidas particulares como la relacionada con la repatriación de capitales y el impuesto sustitutivo de impuestos finales.

Titulo esta columna parafraseando la expresión que los escolásticos de la Edad Media utilizaban para citar un argumento irrefutable que siempre venía de Aristóteles: MAGISTER DIXIT (que literalmente significa “lo dijo el maestro”), para referirme a la opinión tan esperada del Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre la interpretación de nuevo artículo 85 ter introducido al Código Tributario por la Ley 21.713 del 24 de octubre del año recién pasado, sobre Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, que establece la obligación de las instituciones financieras de informar a ese organismo regulador, cuando algún contribuyente recibe más de 50 abonos en sus cuentas bancarias, en un día, semana o mes, provenientes de 50 o más personas o entidades diferentes, o que dentro de un semestre presenten al menos 100 abonos de 100 personas o entidades diferentes.

El próximo año 2025 se vislumbra como un periodo complicado para las pymes chilenas debido a diversos aspectos, donde el tributario tiene un importante papel.

La idea que señalo en el título de esta columna, y que aprecio que haya llamado su atención para leerla, es la propuesta de rebajar el tramo exento de los impuestos personales: Impuesto Único al Trabajo (IUT) e Impuesto Global Complementario (IGC).

Ha trascendido que a fin de mes ingresará al Congreso la reforma tributaria que modificará la Ley sobre Impuestos a la Renta, como parte de la promesa de campaña del actual gobierno, y que complementa la ya realizada reforma sobre cumplimiento Tributario. Sin embargo, en este segundo esfuerzo, están puestas las mayores esperanzas de recaudación y preocupación por parte del sector privado, porque ahora sí afectarán mayoritariamente al bolsillo de los contribuyentes.

Mucha preocupación me provoca el desarrollo que está llevando la segunda parte de la reforma tributaria que este gobierno está planificando, porque, pese a realizar muchas presentaciones y diálogos, sigue con su talante recaudatorio. También preocupa el estilo de promoción que utiliza la autoridad fiscal, pues vincula al aumento de la recaudación, la solución de los problemas sociales y el bienestar social, siendo una peligrosa estrategia, porque la evidencia empírica demuestra que no existe tal correlación.

Siempre he sido partidario de la introducción a nuestro sistema tributario de la figura del “monotributo”, consistente en un régimen muy simplificado para emprendedores con poco capital, que se satisface con el pago de un solo impuesto que compense la tributación de renta, IVA y cargas municipales.

Quiero continuar con mis comentarios de lo que se nos avecina en materia de reformas tributarias, porque ha trascendido que terminada la tramitación de la Ley de Presupuesto, el ministro de Hacienda realizará una serie de “diálogos” con parlamentarios, representantes de organizaciones gremiales y colegios profesionales (parece que dejarán fuera a las universidades…) para realizar el trabajo “prelegislativo” por los cambios que se efectuarán a la Ley sobre Impuestos a la Renta, continuando con los lineamientos del “pacto fiscal” que permitió, además, dar nacimiento a la Ley de Cumplimiento Tributario que ya está en vigencia.