​2025: S.O.S. PYMES

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El próximo año 2025 se vislumbra como un periodo complicado para las pymes chilenas debido a diversos aspectos, donde el tributario tiene un importante papel.


En primer lugar, podemos señalar que las quiebras de personas naturales, por ende, muchos microempresarios, aumentaron un 100,03% durante el año 2024. Si bien esto está influenciado por las modificaciones que se realizaron a la ley 20.720 sobre Insolvencia y Re emprendimiento a fines de diciembre del año 2023, consistente en una simplificación y abaratamiento de los procesos de quiebra y reorganización de deudas, no es menos cierto que el escenario económico ha pegado fuertemente a este grupo, sumando además las nuevas exigencias laborales y cumplimiento tributario.


Este escenario evidencia que las micro y pequeñas empresas enfrentan complicadas el nuevo año y requieren de un apoyo especial para poder mejorar sus perspectivas económicas y financieras.


Lo lamentable del caso, es que la autoridad no ha tenido una actitud beneficiosa para ellos y ha mantenido el aumento de la tasa del Impuesto a la Renta de Primera Categoría en 25%, dejando el 12,5% que se aplicó en el año que está pronto a terminar, para los contribuyentes acogidos a las normas del número 3 de la letra D del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Si bien este tributo es un crédito contra los impuestos personales, no es menos cierto que requiere que las empresas lo cancelen para poder ser impetrado como tal y generar la eventual “devolución”, lo que implica contar con recursos líquidos en abril de cada año, congelando tal liquidez hasta lograr la devolución, siempre que no sea dilatada por algún proceso de fiscalización.


Un tercer elemento negativo que quiero llamar la atención, es el incremento de la tasa de retención de los honorarios.


Debo aclarar que no es un elemento que afecte a las mipymes propiamente tal, porque no es algo relacionado con el impuesto a la renta de primera categoría, pero sí afecta a muchos emprendedores, personas naturales, que presentan sus servicios personales en forma independiente y son homólogos a los mipymes que generan ingresos a través de un emprendimiento comercial.


La Ley 21.133 estableció el incremento de la tasa de retención de los honorarios en el lapso desde 2020 hasta 2028, partiendo con 10,75% hasta llegar a 17% en 2028. Este incremento paulatino implica que a contar del 1 de enero de 2025 será obligatorio realizar una retención del 14,5%.


Esta disposición tiene dos efectos prácticos. El primero, es que hay una reducción en la liquidez de los honorarios pagados, dada la mayor retención. El segundo, es la consecuencia de lo anterior, pues es posible que sea el beneficiario del servicio quien asuma la mayor retención y permita que el prestador goce de la misma liquidez. Sin embargo, este segundo efecto puede redundar en un incremento en el valor de los servicios que los haga menos competitivo y perjudique a aquellos profesionales que no pueden aumentar el valor de sus prestaciones, porque sus clientes no están dispuestos a financiar tal incremento.


Esto lo he apreciado cada año, viendo cómo algunos prestadores independientes de servicios han perdido clientes o han tenido que reducir la liquidez de sus ingresos porque que sus clientes no aceptan absorber esta mayor retención.


Si bien puede ser irrelevante el incremento de 10% a 10,75% y sus efectos sean morigerados con el paso del tiempo, no es lo mismo incrementar de 13,75% a 14,5%, pues la retención es mayor. Es por tal motivo que cada año llamo la atención sobre estos efectos, pero la autoridad no parece sensible a ellos.


Espero que, dada la necesidad de incentivo a la inversión y al ahorro, que el proyecto de ley que modifica la ley sobre Impuestos a la Renta tenga en consideración, por lo menos, estos dos aspectos, porque mantener la tasa de los contribuyentes pymes acogidos a las disposiciones del número 3 de la letra D del artículo 14 de la ley sobre Impuestos a la Renta y terminar con el incremento innecesario de retención de los honorarios de los contribuyentes que prestan sus servicios en forma independiente puede ser un importante ayuda para este 2025 que comienza.


Prof. Germán R. Pinto Perry

Director Programas de Especialización Tributaria

Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC

Universidad de Santiago

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