​Todo lo que necesitas saber sobre los arriendos con promesa de compra-venta

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La contingencia económica por la que está atravesando el país --con una fuerte inflación y el empeoramiento de las condiciones laborales-- ha provocado que muchas personas que pensaban comprar, hayan optado por arrendar. Para este segmento, una alternativa es atractiva es arrendar, pero con una promesa de compra-venta.

“Es una figura legal donde, además de adquirir obligaciones referentes a un contrato típico de arriendo, también las partes adquieren la obligación de comprar y vender bajo determinadas condiciones, donde se incluye el precio, plazo, forma de pago, condiciones especiales”, explica el gerente general de PROurbe Gestión Inmobiliaria, Víctor Danús.

Generalmente, con este tipo de contratos híbridos, se establece un plazo determinado referente al arriendo, el cual debe calzar con el plazo para que se efectúe la compra-venta. “Todo va a depender de las condiciones que se establezcan en el contrato, por lo que es importante no dejar ningún cabo suelto y asesorarse con especialistas”, advierte Danús

La operación puede ser financiada por recursos propios o a través de un crédito hipotecario. En este último caso, se debe tener claridad sobre si el cliente --comprador y arrendatario-- es sujeto a crédito y si logra mantener esas condiciones durante todo el plazo del contrato, hasta que se realice la compraventa como tal. En caso que no sea así, la promesa se cae.

Ahora bien, independiente de la figura del financiamiento, hay que estar especialmente atento a cómo se determina el precio, pues puede a pasar un plazo --que puede ser de años-- antes de que finalice el lapso de arriendo. “Son tiempos mucho más largos que los que se ven en un contrato de promesa de compra-venta común”, dice el experto.

Por lo mismo, Danús recomienda que el precio de la compra-venta esté estipulado en Unidades de Fomento. En caso de haber crédito hipotecario, la transacción es por defecto en UF y el valor de la compraventa debe estar ajustado al precio comercial. “Con esto se evitan problemas de financiamiento, en base a una tasación bancaria inferior al precio de venta que establezcan las partes en el contrato”, aclara.


Un arriendo con cualquier otro

La compra tiene diferencias con un contrato normal, pero en el caso del arriendo, las partes mantienen las obligaciones típicas de un acuerdo normal, como son el pago de las rentas de arrendamientos y servicios básicos, la mantención del inmueble en buenas condiciones, etc.

“Es importante considerar que se puede hacer un solo contrato especificando ambas opciones arriendo y venta detalladamente o bien dos contratos independientes para cada caso”, aclara Danús.

europapress