La estructura del empleo público en Chile al año 2025 presenta un panorama complejo. Está marcado por la coexistencia de regímenes de contratos en permanente tensión. Por un lado, los empleos en régimen de planta ofrecen estabilidad institucional; por otro, la modalidad de contrata - que representa el 56,6% del total - se percibe como más expuesta a la precariedad laboral. Le siguen los cargos de planta (22,9%) y, en menor medida, los honorarios (4,4%).
La preponderancia de los contratos a contrata pudiera verse como una fórmula moderna y razonable que otorga flexibilidad operativa al permitir una más rápida adaptación a necesidades cambiantes, sin embargo, su carácter renovable podría dificultar la consolidación de capacidades técnicas y el desarrollo de trayectorias profesionales sólidas dentro del sector público. Desde esta perspectiva, es razonable cuestionar que el Estado invierta en la formación de personas a las que no puede asegurar continuidad laboral para la ejecución de políticas públicas.
Sin embargo, más allá de su funcionalidad operativa, la contrata ha generado una trampa institucional: la denominada confianza legítima. Miles de funcionarios que han prestado servicios de manera continua y eficiente por al menos cinco años logran una estabilidad laboral similar a la de los funcionarios de planta distorsionando el diseño institucional del empleo público. Se trata de funcionarios que con ausencia de concursos y sólo por exhibir una breve antigüedad en el cargo resultan prácticamente inamovibles. La dotación de planta constituye el núcleo estable del Estado, y su eventual expansión debería responder exclusivamente al reclutamiento concursal y transparente de perfiles técnicos concordantes con una estrategia deliberada de profesionalización que permita atraer y retener talento calificado, y garantizar eficacia en la implementación de políticas públicas.
La drástica reducción del personal a honorarios - del 9,7% al 4,4% - es una señal alentadora en términos de formalización laboral y de flexibilidad estatal para hacerse de recursos humanos específicos para el desarrollo de tareas transitorias y especializadas, resulta inapropiada su utilización para cubrir funciones de carácter permanente, disfrazando de esta manera una precarización del empleo público.
En paralelo, el aumento de modalidades contractuales agrupadas como “otros” - del 13,2% al 16,2%- sugiere una diversificación en las formas de empleo, pero también puede interpretarse como una señal de fragmentación en la política de recursos humanos del Estado. Esta dispersión contractual, si no se articula con una visión estratégica, puede debilitar la coherencia institucional y dificultar la evaluación de desempeño y la rendición de cuentas.
La estabilidad laboral de los funcionarios en el sector público si bien debe subordinarse siempre a exigentes evaluaciones de desempeño institucional e individual, debe fundamentalmente alinearse con la estrategia de desarrollo país. En tal sentido, el estado debe tener siempre la flexibilidad tanto de contratación como de desvinculación de sus funcionarios de acuerdo con sus objetivos estratégicos.
Américo Ibarra Lara
Director Instituto de Ambiente Construido
Observatorio en Política Pública del Territorio
Facultad de Arquitectura y Ambiente Construido
Universidad de Santiago de Chile