TC declara inadmisible requerimiento de CChC sobre Güetos Verticales en Estación Central

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Guettos verticalesEl 26 de junio 2019, Inmobiliaria Placilla SpA dedujo ante el Excmo. Tribunal Constitucional, requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de tres preceptos legales que, según la requirente, serían decisivos en su gestión judicial pendiente, a saber:

- El inciso primero del artículo 6° de la Ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, que dispone: “y con el funcionamiento de los Servicios Públicos sometidos a su fiscalización”;

- El inciso final del artículo 9° de la referida Ley N° 10.336 que ordena: “Estos informes serán obligatorios para los funcionarios correspondientes, en el caso o casos concretos a que se refieran”;

- La frase del artículo 52 de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que indica: “sobre todas las materias sujetas a su control”.

Tal como lo hizo presente la fundación Defendamos la Ciudad, la gestión judicial pendiente consiste en el recurso de protección sustanciado ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, caratulado “Inmobiliaria Fortaleza Placilla SpA con Contraloría General de la República” causa rol 88.101-2018 (causa acumulada a los roles 88.161-2018; 88170-2018; 88186-2018; 88.218-2018 y 88219-2018 y vista conjunta con la causa 88.019-2018), en el cual se denunció como actuar arbitrario e ilegal de la Contraloría General de la República, la emisión del Dictamen N° 27.918 de fecha 12 de noviembre de 2018.

Dicho dictamen de la Contraloría -en síntesis- había dispuesto que la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Estación Central (“DOM Estación Central”) debía dar cumplimiento a la Circular DDU 313 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, instruir procedimientos de invalidación administrativa en contra de diversos permisos de edificación otorgados bajo el sistema de construcción de “agrupamiento continuo” en contravención a la normativa urbanística, así como el inicio de procedimientos sumarios para determinar eventuales responsabilidades disciplinarias en la Dirección de Obras Municipales, al omitir la entidad a dar acatamiento a las instrucciones previas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Todo, en el marco del caso denominado como “Guetos Verticales”.

De este modo, a través del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, la requirente Inmobiliaria Placilla SpA ha impugnado, en general, la obligatoriedad de los dictámenes e informes de la Contraloría General de la República para los órganos de la Administración del Estado, en tanto que, según el requerimiento de inaplicabilidad, el ejercicio de la potestad dictaminante por la Contraloría “vulneraría el derecho al debido proceso”, “constituiría a la Contraloría en una “Comisión Especial” suplantando la función de los Tribunales de Justicia”, afectaría el principio de igualdad ante la Ley y los derechos fundamentales de propiedad, de desarrollar actividades económicas y de seguridad jurídicas.

Finalmente, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible requerimiento en consideración de ser competente la Contraloría para determinar interpretaciones sobre materias urbanísticas, luego todos los permisos de edificación, conocidos como guetos verticales, cursados por la Municipalidad de Estación Central son ilegales. 

europapress