La Ley General de Urbanismo y Construcciones dice que “El Secretario Regional de Vivienda y Urbanismo podrá, fundadamente y con auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario, ordenar la paralización y, por resolución fundada, la demolición total o parcial de las obras que se ejecuten en contravención a los planes reguladores o sin haber obtenido el correspondiente permiso municipal, con el solo informe del Director de Obras Municipales respectivo, quien deberá emitirlo dentro del plazo máximo de 15 días.
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible requerimiento en consideración de ser competente la Contraloría para determinar interpretaciones sobre materias urbanísticas, luego todos los permisos de edificación, conocidos como guetos verticales, cursados por la Municipalidad de Estación Central son ilegales, tal como lo hizo presente la fundación Defendamos la Ciudad.