![]() |
Rubén Soto |
El anuncio del Gobierno sobre la creación de un tercer tribunal laboral en Santiago es, sin duda, una reacción ante el dramático retraso en la resolución de los juicios laborales, los cuales superan, en algunos casos, los dos años de duración. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, se proyecta el ingreso del necesario proyecto de ley para que se inicie su discusión en el Congreso para marzo de 2025.
Si hay un sector que ha sido testigo de la aplicación efectiva del programa de gobierno de la administración del Presidente Gabriel Boric, ese es sin duda el mercado laboral. A lo largo de sus casi tres años de mandato, el Presidente ha sido pertinaz en realizar profundos cambios a nuestra normativa laboral y de seguridad social, así como correlativamente intentado presentar avances y logros en materia de empleo, pero la realidad, observada a través de las cifras y las experiencias de los trabajadores, muestra un panorama mucho más complejo y preocupante.
El Gobierno de Chile durante el mandato del Presidente Boric ha impulsado reformas significativas en la legislación laboral, con el objetivo declarado de mejorar las condiciones de trabajo y proteger los derechos de los trabajadores. En particular, durante 2024 encontramos la "Ley de 40 Horas", que busca reducir gradualmente la jornada laboral, y la "Ley Karin", que moderniza la normativa contra el acoso laboral y la violencia en el trabajo. Sin embargo, a pesar de los loables objetivos de estas reformas, su implementación ha suscitado preocupaciones, especialmente en lo que respecta a su impacto a nivel de mayores costos para las pequeñas y medianas empresas (PYMES).
Primero, es fundamental entender que la Ley de Teletrabajo de 2020 permitió que ciertos trabajadores, bajo acuerdos específicos, pudieran quedar excluidos de la limitación de jornada de trabajo, asumiendo que no se ejerciera sobre ellos una supervisión directa y constante característica de labores que se desarrollan desde sus domicilios.
Se debe considerar en primer lugar que el artículo 22 del Código del Trabajo establece en su inciso primero, el límite de la jornada laboral, que a contar del 26 de abril será de 44 horas para llegar en 2028 a 40 horas semanales, y luego en su inciso segundo, se refiere a las exclusiones de la jornada ordinaria de trabajo, es decir trabajadores que se encuentran exentos del limite legal y que -entre otras materias- no reciben pago de “horas extras”, pero por contrapartida gozan de una mayor flexibilidad que otros empleados para desarrollar sus labores al no estas sujetos a un control directo por las Empresas.
Este mes de febrero lo iniciamos lamentando nuevamente, como país, terribles incendios forestales, lo que nos causó enorme tristeza por las consecuencias fatales y por los daños que han afectado a los habitantes de Valparaíso, Viña del Mar y de otras zonas del país.
Arauco, forestal ligada al Grupo Angelini, informó recientemente el despido de unos 300 trabajadores a nivel nacional. Por otro lado, el Banco de Nova Scotia (Scotiabank), institución bancaria con raíz en Canadá, anunció este miércoles que desvinculará a casi 3 mil trabajadores en el mundo, como parte de su proceso de “optimización de las operaciones”, desconociéndose a la fecha el impacto en país.
Para quienes litigamos en tribunales laborales, es cada vez más común tener que conocer casos de tutela laboral, que es un procedimiento judicial regulado por el Código del Trabajo que se aplica respecto a reclamos de trabajadores que entienden se afectan derechos fundamentales regulados en la Constitución Política de la Republica.