¿Qué exenciones eliminar?

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German Pinto


El Gobierno formó una comisión de 16 economistas para proponer una “hoja de ruta” para una futura reforma tributaria, como también para dar respuesta al compromiso tomado con la oposición de revisar las exenciones tributarias. Como primera tarea, tendrá que analizar el informe del FMI y de la OCDE que emitieron luego de analizar el “Gasto Tributario” que año tras año el Servicio de Impuestos Internos determina como aquella menor recaudación que recibe el Fisco producto de las exenciones y sistemas de tributación que favorecen a determinados sectores de la economía.

Esta comisión tiene la difícil tarea de dar lineamientos sin un horizonte claro, debido a que comenzamos un proceso constituyente que perfectamente puede cambiar los principios económicos que regulan nuestro país, dejando sin sentido sus directrices si éstas obedecen a un criterio técnico que no comulgue con los fundamentos políticos que surjan de la nueva carta magna. Es por ello que resulta inoficioso su trabajo en esta materia, siendo más provechoso escuchar sus estrategias de corto plazo que buscarán aumentar la recaudación a través de la eliminación de las exenciones y sistemas tributarios que redundan en una menor recaudación, con el claro objetivo de lograr mayores ingresos fiscales para financiar las ingentes demandas sociales que está enfrentando la autoridad del país, como también para poder otorgar estímulos a sectores más afectados por la pandemia.

La tarea se reduce, de esta forma, a opinar sobre qué exención eliminar, surgiendo la gran pregunta sobre qué criterio aplicar.

Sin duda que el más inmediato y fácil es eliminar toda disposición contenida en el Gasto Tributario, ya que representan por antonomasia una rémora a la recaudación según la estimación que el SII ha establecido. Sin embargo, el mismo informe FMI/OCDE manifestó sus dudas sobre la validez del criterio para considerar las partidas dentro de ese concepto, ya que previamente es menester realizar un estudio de costos y beneficios y evaluar si realmente representan un quebranto a los objetivos fiscales, además del hecho que el mismo informe señaló que el organismo fiscalizador no cuenta con información numérica suficiente para respaldar totalmente la medición ni estimación de tales conceptos.

Lo primero que debemos hacer es reflexionar si realmente la eliminación de beneficios es una herramienta eficiente para aumentar la recaudación y si los agentes económicos son sensibles al sistema tributario, hecho que no hay suficiente evidencia empírica para afirmarlo o negarlo, por lo menos en nuestro país.

Otro criterio importantísimo es considerar el fin social que se busca con la rebaja impositiva. El informe FMI/OCDE observó que no formaban parte del Gasto Tributario las cooperativas y las universidades debido a que no pagan impuestos por determinados ingresos que generan. Si bien esto es cierto, no hay que olvidar que las cooperativas cumplen fin social que es aunar esfuerzos individuales para lograr beneficios generales, tal como ocurre con las cooperativas de vivienda y las de ahorro que son muy eficientes en sectores de bajos ingresos. Igual situación aplica para las universidades que desarrollan la ciencia y la formación de futuros profesionales.

Ahora bien, lo anterior no es una excusa para no fiscalizar estrictamente a esas organizaciones para evitar los abusos que existen y que terminan por desvirtuar el verdadero objetivo social que ellas tienen. No por castigar a quienes mal usan un beneficio, se perjudicará el objetivo que buscan o a quienes sanamente hacen uso de la disposición y logran el fin social que se quiere lograr.

Tampoco hay que sucumbir a la tentación de eliminar todo tipo de franquicia, tal como he escuchado en algunos círculos académicos que sugerían terminar con la exención de contribuciones para inmuebles destinados al culto religioso. Si bien vivimos en una sociedad secularizada y el Estado está totalmente separado de las iglesias, no es menos cierto que estas organizaciones, cualquiera sea el credo que profesen, tienen por fin difundir los valores humanos, y obligarlos a pagar contribuciones resulta un exceso innecesario que no redundaría en mayores beneficios. Es más, perjudicaría a la ayuda social que ellas mismas organizan.

Es por todo lo anterior que sugiero que antes de comenzar a borrar cualquier tipo de privilegio tributario se establezcan y definan criterios técnicos y sustentados en evidencia empírica para evitar cercenar derechos ya consagrados en nuestra legislación que ya tienen por objetivo solucionar alguna deficiencia o potenciar algún sector que, si bien pagan menos impuestos, tienen un fin social que es menester valorar y respetar, para no caer en un dogmatismo o, por el contrario, en sesgos que nos generen más ineficiencias de las que tenemos.


Prof. Germán R.Pinto Perry

Director Magíster en Planificación y Gestión Tributaria

Universidad de Santiago

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