Germán Pinto



Germán Pinto

Comienza julio y con este mes comienzan la aplicación de la normativa de las llamadas “50 transferencias”, que establece que las instituciones financieras informen al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre aquellos contribuyentes que hayan recibido más de 50 transferencias en sus cuentas bancarias. Según ha manifestado el organismo fiscalizador, la información recibida se clasificará en: 1) aquellos que no tienen actividades comerciales y reciben transferencia de manera esporádica, 2) aquellos que no han realizado inicio de actividades y, por ende, estarían un grave problema, y 3) aquellos que son formales y no están cumpliendo correctamente sus obligaciones tributarias.

El tema de las contribuciones de bienes raíces ha tomado mucha relevancia, porque tiene unos efectos transversales, preocupando a técnicos, contribuyentes, académicos, fiscalizadores y políticos. Ya sea por un interés profesional o, simplemente porque nos afecta el bolsillo, es relevante para todos.

Don Javier Etcheverry es una persona moderada y, muy rescatable, reconoce cuando se ha equivocado, sin embargo, como dice el dicho: la excusa agrava la falta.

Sin duda que las contribuciones son un impuesto patrimonial porque graba la sola tenencia de algo que es de propiedad de un contribuyente. La justificación de esta carga tributaria, está en el deseo de generar una redistribución del ingreso, donde quienes tienen más deben pagar más impuestos respecto de quienes tienen menos. Sin embargo, en la práctica, las contribuciones rompen esa aparente justicia, cayendo una verdadera injusticia.


Quiero seguir comentando los “efectos colaterales” de las contribuciones porque, pese a que las estadísticas digan que no generan tanto descalabro como se ha mencionado, desde un punto de vista cualitativo son un grave problemas para muchas familias.


Mucho revuelo está causando el tema de las contribuciones de bienes raíces, porque sus efectos en la población ya están generando situaciones que rayan en la injusticia. 

Algunos me dicen que es una revisión del concepto de “sustentabilidad”, teniendo la misma base en el cuidado el medio ambiente, pero incluyendo aspectos más “políticos” como la igualdad de género y respeto a las minorías. Otros dicen que son dos conceptos distintos; que, en realidad, la sostenibilidad es más amplio; que se preocupa del futuro, de hacer bien las cosas, etc.


El artículo 27 bis de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios establece la posibilidad de solicitar la devolución del remanente del IVA crédito fiscal generado por la compra de activo fijo, procedimiento que se hace a través de un trámite ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Pese a que las instrucciones legales y administrativas son relativamente sencilla, la probabilidad de lograr esta devolución es relativamente baja.

Esta Operación Renta 2025 ha sido una de las más complicadas que hemos vivido, principalmente, por problemas que ha tenido la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII) la cual no puedo sortear la demanda que representa el gran número de usuarios que tiene. Esta sobrecarga entorpece los cruces de información y validación que el SII realiza instantáneamente cuando son ingresados los datos en cada declaración.

La Operación Renta 2025 solo terminó el miércoles 30 de abril para quienes debían pagar (aunque “administrativamente” se concedió un plazo especial hasta el 9 de mayo), continuando aún para quienes tiene devolución, pero ya hemos visto muchísimos problemas producto de las deficiencias que ha demostrado la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII).