Germán Pinto



Germán Pinto

Pese a que destacados miembros de la Comisión Constituyente han señalado que no es beneficioso comentar ni criticar las normas en estudio de la nueva constitución, porque aún no han terminado su trabajo, es necesario conocer y analizar desde un punto de vista técnico, aquellas materias tributarias que, pese a que no están terminadas, evidencian una confusión de conceptos que dudo mucho se logre corregir en los pocos meses que le quedan de funcionamiento a esta organización.

Ya he comentado que la Ley 21.420 que “reduce o elimina exenciones tributarias que indica” tuvo un loable objetivo, como es proveer de los recursos fiscales al Estado para poder garantizar la Pensión Única Garantizada que la población está demandando desde hace tiempo, pero terminó siendo una norma jurídica que modificó leyes tributarias con una cuestionable efectividad y con deplorables enfoques técnicos.

El nuevo gobierno ya tiene una semana en el poder y ha sido tiempo suficiente para conocer algunas importantes definiciones, tal como fue posible escuchar del mismo ministro de Hacienda el anuncio de que en este primer semestre se presentaría una nueva reforma tributaria que ayude a evitar la inestabilidad económica que hemos vivido con en estos seis años en los cuales hemos tenido tres modificaciones legales consecutivas.

Tal como ya he señalado, considero que la Ley 21.420 es un desesperado esfuerzo para lograr el financiamiento mínimo para garantizar el PGU, recurriendo a medidas con dudosa efectividad como es la introducción del nuevo artículo 37 bis a la Ley sobre Impuestos a la Renta (LIR) que homologa el tratamiento tributario de los “leasings financieros” con los criterios contables.

La Ley 21.420 se ha convertido en una desesperada norma legal que busca aumentar la recaudación fiscal para poder financiar la Pensión Garantizada Universal.

Sin duda que la autoridad económica está empeñada en aumentar los ingresos fiscales para poder responder a las necesidades sociales que la población vehemente demanda, lo cual es agradecido por todos los sectores, pero no es menos cierto que para tal encomiable propósito está recurriendo políticas que generan desequilibrios en el sistema tributario.

Con mucho asombro he leído el nuevo artículo 37bis que la Ley 21.420 introdujo a la Ley sobre Impuestos a la Renta, que iguala el tratamiento tributario de los “leasing financieros” con el tratamiento contable consagrado en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que campean en nuestro país desde el año 2009.

Es importante recordar que el país está viviendo tiempos de cambios y debemos repensar el sistema tributario para poder financiar el déficit estructural que tenemos desde hace años, responder al endeudamiento que ha aumentado considerablemente los últimos años y, lo más importante, para que el presidente electo pueda responder las promesas de campaña, las cuales están siendo esperadas por sectores necesitados y jacobinos de la población.

Ya tenemos dilucidado el misterio de quién será el próximo ministro de hacienda y ya sabemos a quien debemos mirar cuando se realicen los estudios para realizar una nueva reforma tributaria. Le deseo mucha suerte a don Mario Marcel.

La semana pasada escuchamos los lineamientos que el presidente electo dio sobre su futuro manejo económico en el encuentro ENADE, señalando cambios graduales y crecimiento con cohesión social, lo cual fue bien recibido por los asistentes y principales agentes económicos.