La inversión extranjera es uno de los factores que ayudan al crecimiento de un país, permitiendo el ingreso de capitales que realicen proyectos que aumenta la productividad nacional. De esta forma, grandes inversionistas de países desarrollados evalúen las distintas economías considerando su estabilidad política, proyecciones de crecimiento y proyectos de inversión que sus gobiernos ofrecen.
La Ley 21.420 que fue publicada en febrero del presente año tiene por objeto proveer al Fisco de mayores ingresos fiscales poducto de la eliminación de una serie de exenciones y otras modificaciones que aumentan los hechos gravados. Una de ellas, fue el cambio en los elementos del hecho gravado básico servicios del IVA.
El borrador de constitución que hemos podido estudiar establece una nueva forma de estructurar al país como también su sistema político, cambiando desde un régimen presidencialista a uno que me resulta difícil denominar (más por desconocimiento e impericia de mi parte, que por características del texto), pues hay un evidente debilitamiento del Poder Ejecutivo como actualmente está concebido, limitando sus prerrogativas.
La Ley 21.420 se ha convertido en una desesperada norma legal que busca aumentar la recaudación fiscal para poder financiar la Pensión Garantizada Universal.
Esta medida proporcionará el cruce de información que permitirá focalizar las intervenciones futuras, asegurando el correcto cumplimiento tributario y una eficiente fiscalización.
Dado este planteamiento, no es aventurado pensar que la situación es muy dramática, que aún no se puede lograr el equilibro o alcanzar que sobrevivan estas complicadas empresas.
En la revisión del Gasto Tributario y diseño de una nueva reforma tributaria ha surgido el tema del costo que los contribuyentes tienen que enfrentar para cumplir su imperativo tributario. Según estudios sobre la materia, el 62% de los recursos que se destinan para el cumplimiento tributario se destina a pagar asesores en las microempresas y un 53% para el caso de las pequeñas empresas.
Se ha instalado en nuestro país la discusión sobre la importancia de la filantropía como una herramienta útil para solucionar los problemas sociales. Importantes centros universitarios de estudios así lo han señalado, como también el recién publicado informe de la OCDE titulado “Tributación y Filantropía”.
Este objetivo se logra a través de la satisfacción de las necesidades de cualquier índole, tanto materiales como inmateriales, para lo cual se necesitan recursos, pues, aunque los jóvenes de ahora - y de todos los tiempos - piensen lo contrario, se necesitan recursos para lograr la satisfacción de las necesidades, cayendo en el palmario dilema que las necesidades son múltiples y los recursos escasos, siendo imperioso la organización y prelación de necesidades y administración de los bienes y servicios.Es por lo anterior que el “rol” es la mención expresa de las herramientas que se ocuparán para tal ejercicio, es decir, la forma como se destinarán los recursos para el logro del Bien Común.
Con el ánimo de distraer un poco la atención en este periodo de cuarentena, traigo a colación un detalle interesante que surge del análisis de la Ley 21.210 de Modernización Tributaria respecto a los nuevos criterios que se aplicarán para el tratamiento de los gastos necesarios para producir la renta.
Ya está casi lista para ser publicada la Ley de Modernización Tributaria que inició su tramitación en agosto de 2018, que tenía el claro objetivo de corregir las deficiencias que de la Reforma Tributaria 2014-2016 y que “políticamente” se presentó como un mecanismo para generar una mayor recaudación fiscal.
Esta connotación tiene la virtud de permitir el debate para poder deducir determinadas partidas, valorando el criterio temporal, pues los efectos en la generación de renta, es decir, el potencial del gasto para producir un ingreso afecto a tributación, no será necesario que se evidencie en el mismo ejercicio en que se incurre en el gasto, sino que será posible verificarlo en los siguientes.
El proyecto de ley de reforma tributaria que salió de la Cámara de Diputados tiene aspectos muy particulares que evidencian que, desde agosto del año 2018, cuando comenzó este periplo legislativo, hasta agosto del presente año, se ha hablado mucho y se ha legislado poco, como también se ha debatido mínimamente y, lo más lamentable, no se han ventilado argumentos técnicos, tal como ya lo he señalado en otras columnas.