Una reforma política

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Germu00e1n Pinto (columnista)


Ya está casi lista para ser publicada la Ley de Modernización Tributaria que inició su tramitación en agosto de 2018, que tenía el claro objetivo de corregir las deficiencias que de la Reforma Tributaria 2014-2016 y que “políticamente” se presentó como un mecanismo para generar una mayor recaudación fiscal.

Todos los profesionales “técnicos” en materia tributaria coinciden conmigo en que el actual sistema tributario es complejo y genera tareas innecesarias que hacen laborioso el ejercicio profesional en esta materia. Es por ello que era necesario que se eliminara la dualidad de sistemas contenidas en la letra A y B del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta que genera una falta de equidad horizontal que afectaba a contribuyentes con iguales patrimonios, que en algunos casos se veían obligados adoptar un régimen que les provoca mayor carga tributaria en comparación a otros contribuyentes de iguales características patrimoniales, pero con una estructura social que les permite la posibilidad de elegir entre uno u otro sistema.

Si bien hay países como Estados Unidos en donde conviven varios regímenes tributarios para las empresas, el tamaño de la economía, profundidad de los mercados y características particulares permiten disminuir las ineficiencias que se generan en una economía en vías de desarrollo como la nuestra, la cual tiene a las expectativas de los agentes económicos, como una de los principales factores del desarrollo y crecimiento.

Es por ello que el principal objetivo del proyecto de Ley de Modernización Tributaria era, en opinión de varios colegas, solucionar esta rémora que surgió del apasionado espíritu de los ideólogos de la otrora reforma tributaria y que buscaba aumentar la recaudación fiscal para solventar los programas sociales que responderían a las ingentes necesidades sociales que la ciudadanía demandaba.

Lo triste de la tramitación legislativa del proyecto de ley que prontamente entrará en vigencia, es que desde su inicio fue tramitada con un gran sesgo político que no permitió un debate técnico que facilitara una perfección del proyecto inicial.

Fue tan evidente la parcialidad política en la tramitación del proyecto, que pasó un año desde que ingresó a la Cámara de Diputados para que ésta corporación le diera tramitación, es decir, ingresó y durmió 12 meses sin permitir que los parlamentarios analizaran el texto con alturas de mira y que analizaran las disposiciones según los efectos “técnicos” que el país estaba esperando, desoyendo las voces de profesionales, asociaciones gremiales y académicos que pedían que se tomaran en consideración aspectos particulares que estaban generando problemas al logro de los loables objetivos la Reforma Tributaria 2014-2016.

Desde mi punto de vista, la creación del DEDECON solo obedece a la incorporación de criterios que vienen de la OCDE que son aplicados y dan buenos resultados en países con un comportamiento tributario deficiente, en vez de analizar el rol que el Servicio de Impuestos Internos tiene y en vez de fortalecer la acción que están teniendo los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Debiendo hacer este análisis, se dejó el texto tal como ingresó sin hacer la verdadera evaluación que se debía.

Para qué decir el discurso de varios senadores y diputados que decían estar en contra o a favor de la integración del Impuesto a la Renta de Primera Categoría con los tributos personales, vociferando que aprobaban su eliminación o restitución, en circunstancias que la integración siempre ha estado vigente, tanto en la Reforma Tributaria de 2014-2016 como en el proyecto que comento, pues es un sistema que ha imperado desde 1984 en nuestro país.

En todo este escenario, termina el proceso legislativo del proyecto de modernización, en donde parlamentarios de Oposición hacen declaraciones altisonantes señalando que frenaron el proyecto del Ejecutivo, que el proyecto que salió del Congreso es totalmente distinto al que ingresó y otras declaraciones por el estilo. Pues bien, hay que señalar que el proyecto que salió cumplió el principal propósito que “técnicamente” tenía: eliminar la falta de equidad horizontal que afecta a contribuyentes con iguales características tributarias. Por otro lado, se logró que el Impuesto a la Renta de Primera Categoría dejara de ser regresivo al permitir que contribuyentes con ingresos inferiores a 75.000 UF se afecten con una tasa del 25% en vez de la tasa del 27% que afectará a quienes superen esa cota. Si bien no prosperó la idea del Ejecutivo de que las empresas de gran tamaño dejaran de afectarse a la parcialidad en la imputación del Impuesto a la Renta de Primera Categoría como crédito contra los impuestos personales, es decir, el “Sistema Parcialmente Integrado”, se logró la progresividad, pobre y limitada en todo caso, del impuesto que afecta a las empresas, reconociendo una diferencia entre pequeños y grandes contribuyentes.

Veo con tristeza cómo el juego político tergiversa los fundamentos de especialistas que deben primar en materia tributaria, consagrando “cocinas” y otras instancias “políticas” que terminan por generar regímenes tributarios que entorpecen innecesariamente las expectativas de los agentes económicos.


Prof. Germán R.Pinto Perry

Director del Magíster en Planificación y Gestión Tributaria

Universidad de Santiago

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