CMF: toma de control de Banco BICE y Banco Security por BICECORP no requiere de la autorización prevista en Ley General de Bancos

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BICECORP

Mediante Hecho Esencial de fecha 10 de abril de 2024, grupo Security S.A. comunicó que accionistas que representan un 65,23% de las acciones emitidas con derecho a voto de la sociedad, suscribieron con Bicecorp S.A. y su sociedad controladora Forestal O'Higgins S.A. un contrato denominado Promesa de Compraventa y Permuta de Acciones Mediante Oferta Pública de Adquisición de Acciones y Fusión, en virtud del cual las partes han acordado la integración de Bicecorp S.A., Grupo Security S.A., y sus respectivas filiales.


Esta operación de integración se estructurará mediante una oferta pública de adquisición de acciones de Grupo Security, de acuerdo a lo establecido en el Título XXV de la Ley de Mercado de Valores, que lanzarán conjunta e indivisiblemente Forestal O 'Higgins S.A. y Bicecorp S.A; y la posterior fusión por incorporación de Grupo Security S.A. en Bicecorp S.A, todo mediante las operaciones, actos y contratos que se celebrarán en la forma, términos, condiciones y plazos que se establecen en la promesa, cuyos principales términos y condiciones corresponden esencialmente a aquellos informados por Grupo Security mediante Hecho Esencial de fecha 24 de enero de 2024, a propósito de la suscripción del Acuerdo Cierre de Negocios entre las mismas Partes.


El viernes pasado, en tanto, el directorio de Grupo ha tomado conocimiento que la CMF, mediante Ord. NOS y 126705 de fecha 24 de octubre de 2024, autorizó la toma de control de Banco Security y de Seguros Vida Security Previsi6n S.A. por parte de BICECORP, conforme a 10 previsto en el artfculo 36 y 28 de la Ley General de Bancos, y el Artfculo 38 del DFL N0251 y la NCG N0251 de la CMF.


Asimismo, con fecha 24 de octubre, mediante Ord. NO 126702, la CMF informó que la toma de control de Banco BICE y Banco Security por BICECORP no requiere contar con la autorización prevista en el art. 35 bis de la Ley General de Bancos, por cuanto el banco o grupo de bancos resultantes no alcanza importancia sistémica en los términos dispuestos en el artfculo 66 quåter de la misma ley.


“Habiéndose obtenido estas autorizaciones, se da cumplimiento a una de las condiciones contempladas en la Promesa, por lo que se continuará con la Operación de Integración conforme a las etapas previstas en dicho contrato”, consignó Grupo Security.

europapress