​Exenciones Tributarias: Duras de Matar

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Gonzalo islas

“Nada es seguro en esta vida, a excepción de la muerte y los impuestos”, a esta frase, generalmente atribuida a Benjamin Franklin, los chilenos podríamos agregar: “y las reformas tributarias”. En efecto, con los “Diálogos Sociales” el gobierno dio inicio a lo que vendría a ser la tercera reforma tributaria de gran alcance en menos de 10 años, después de las realizadas por los gobiernos de Bachelet II (2014) y Piñera II (2020).

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, ha anunciado que se espera elevar la recaudación en 5 puntos del PIB en los próximos 4 años mediante cambios en impuestos personales (renta y patrimonio), la reducción de evasión y elusión, y el royalty a la gran minería. En relación con la eliminación de exenciones y franquicias tributarias señaló que se espera que contribuyan con un 0,7% del PIB y que tal aumento “ya está legislado en el financiamiento de la PGU”.

Durante la gestión del ministro Ignacio Briones, una comisión de expertos liderada por Rodrigo Vergara, en la cual participaron destacados y destacadas economistas incluyendo a la actual subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, analizó distintas exenciones y regímenes especiales existentes tanto en el impuesto a la renta (personal y corporativo), como en el caso del IVA. Efectivamente, la Ley 21.420 aprobada a inicios de este año ya eliminó algunas, sin embargo, varias de las propuestas de tal comisión no fueron parte de la discusión de esa ley y constituyen una oportunidad de mejora de nuestro sistema tributario.

La historia nos muestra que, en general, las exenciones tributarias son fáciles de aprobar, pero difíciles de eliminar. Ya en el año 1960, un informe del Servicio de Impuestos Internos identificaba un enorme conjunto de ellas de escasa utilidad y no son pocas las que se mantienen hasta el día de hoy.

Dentro de las exenciones y privilegios tributarios uno de los que ha tenido una vida más larga es la renta presunta. Al respecto, resulta oportuno citar parte de un artículo publicado hace ya varios años en este mismo medio: “La mayoría coincide en que es injusto que se permita que ciertos sectores de la actividad económica –que durante los últimos años se han caracterizado precisamente por ser los que arrojan las mejores tasas de rentabilidad–, tributen sobre una presunción en vez de hacerlo sobre su renta efectiva. Además, se señala que estos tratamientos especiales se prestan para abusos, como por ejemplo que empresas de distintas actividades se integren con otra sujeta a renta presunta, de manera que no tributan por las utilidades obtenidas realmente”.

El párrafo anterior mantiene su vigencia. De hecho, una de las recomendaciones del informe de la Comisión Tributaria y que no fue incluida en la Ley 21.420 es la de eliminar los regímenes de renta presunta. ¿Puede el lector o lectora adivinar la fecha del artículo? La respuesta: 19 de marzo de 1990. 


Gonzalo Islas, 

Decano Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas

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