CMF publica cambios a normativa sobre externalización de servicios en bancos e instituciones financieras

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Banca


La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que luego de concluido el proceso de consulta pública, emitió ayer una modificación a la normativa que regula las condiciones para externalizar servicios que deben cumplir los bancos, sus filiales y sociedades de apoyo al giro y las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de pago.

Las modificaciones al Capítulo 20-7 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) y a la Circular N° 2, permitirán, cumpliendo algunos requisitos determinados, excepcionar la actual exigencia que tienen dichas entidades de contar con un sitio de procesamiento de datos (sites) en Chile para los servicios que se externalizan fuera del país y que afectan actividades consideradas críticas o estratégicas.

La normativa señala que será el directorio de cada entidad el responsable de evaluar y ponderar los beneficios y dificultades que conlleva la externalización de servicios, incluidos los denominados sites de contingencia, pudiendo contratar a los proveedores que mejor se ajusten a sus necesidades. Esto supeditado al cumplimiento de exigencias operacionales y a un informe elaborado por una empresa de reconocido prestigio y experiencia en la evaluación de este tipo de servicios.

El objetivo de la normativa es facilitar el desarrollo del mercado, ampliando el espectro de actores que puedan competir en la prestación de servicios conforme a las mejores prácticas internacionales en materia operacional (continuidad, seguridad), lo que va en directo beneficio de las personas y de la industria financiera como un todo.

Adicionalmente, la normativa permite que los servicios en el exterior puedan ser prestados desde un país que no cuente con calificación de riesgo país en grado de inversión, en la medida en que el lugar en el que se externalizan los servicios cuente con leyes de protección y seguridad de datos personales adecuadas, debiendo la respectiva entidad dejar constancia del análisis realizado al efecto.

Junto con el detalle de la normativa, en el sitio web la CMF se pone a disposición de los interesados una Presentación y un documento de Preguntas Frecuentes que resume los alcances de la modificación.

Actualización del Compendio de Normas Contables

Esta semana, adicionalmente, la CMF publicó la Circular N° 2.243 que actualiza las instrucciones del Compendio de Normas Contables para Bancos (CNCB), con el objetivo de incorporar los últimos cambios en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Con esto se actualizan los formatos de presentación de información financiera, considerando además una mayor apertura de la información.

También se reduce el número de excepciones a las NIIF, manteniendo el criterio prudencial que esta CMF estima conveniente, en que el concepto de deterioro sigue bajo los criterios que se establece en el CNCB.

Los cambios propenden a una mayor convergencia con las NIIF, así como también a una mejora en la calidad de la información para contribuir a la estabilidad financiera y transparencia del sistema bancario, al mejoramiento del funcionamiento del mercado de capitales y a la comparabilidad a nivel internacional.

Junto con el detalle de la normativa, se pone a disposición de los interesados una Presentación y un documento de Preguntas Frecuentes que resumen los alcances de la modificación.

La vigencia de la norma está prevista para enero del año 2021.

europapress