​Compliance y seguridad privada: proteger la confianza en un país en alerta

|

Carolina Alvarez

La entrada en vigencia de la Ley N° 21.659 de Seguridad Privada y su Reglamento (D.S. N° 209/2025) marca un punto de inflexión para una industria que durante años operó bajo un marco regulatorio fragmentado y con exigencias dispares según el tipo de servicio. Hoy, el sector dispone de un marco legal integral con estándares claros, mayor fiscalización y una creciente expectativa de profesionalización.



Más allá de cumplir los requisitos formales, la cuestión central es cómo convertir el cumplimiento normativo en un activo estratégico. En este contexto, el compliance se vuelve un aliado imprescindible. Cumplir la ley no basta; es necesario demostrarlo, documentarlo y sostenerlo en el tiempo frente a cambios en el contexto o en las condiciones operativas, considerando la creciente exposición mediática del sector y la atención que reciben las empresas ante incidentes de seguridad.


La actividad de seguridad privada se desarrolla en entornos de alto riesgo, donde cualquier falla, por mínima que sea, puede generar consecuencias graves, desde sanciones administrativas hasta pérdidas económicas significativas o daños irreparables a la seguridad de las personas. La ley exige habilitación de personal, certificación de equipos y estudios de seguridad. El verdadero desafío consiste en integrar estas obligaciones dentro de un sistema de gestión y control que funcione de manera continua y coordinada.


Un modelo de compliance bien implementado permite anticipar problemas antes de que se transformen en crisis. Combina el marco legal con los procesos internos, promueve una cultura organizacional orientada a la prevención y asegura que cada requisito técnico cuente con evidencia verificable. La capacitación deja de ser un mero trámite y se convierte en una herramienta de fortalecimiento operativo y ético, mientras que los protocolos de actuación se transforman en procedimientos vivos que se revisan, actualizan y entrenan constantemente.


La relevancia de este enfoque aumenta en empresas que prestan servicios a clientes sometidos a estrictas normas de integridad, como bancos, compañías mineras o empresas de infraestructura crítica. En estos casos, además de la Ley N° 21.659, rigen la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y la Ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos. El cumplimiento deja de ser solo un requerimiento operativo de la autoridad fiscalizadora y se extiende a la prevención de delitos como cohecho, receptación o lavado de activos.


En un país donde la seguridad y la confianza se han convertido en un factor crítico, el compliance representa más que un gasto. Fortalece la reputación, asegura la continuidad del negocio y genera valor para clientes y autoridades. La seguridad privada protege bienes y personas, mientras que el compliance protege la credibilidad y la licencia para operar. Cumplir la ley constituye apenas el punto de partida; el verdadero desafío radica en demostrar, día a día, la disposición de ir más allá en un contexto como el actual de Chile, donde cada incidente puede tener un impacto inmediato sobre la percepción pública y la estabilidad del sector.


Carolina Álvarez

Abogada

Co Founder Admiral One 


europapress