Los Veintisiete han respaldado este lunes a la propuesta de prohibir las importaciones de gas ruso a partir del 1 de enero de 2026, una norma por la que los operadores energéticos podrán invocar motivos de "fuerza mayor" para rescindir los contratos con empresas rusas.
La adopción de este mandato permitirá ahora a la presidencia danesa del Consejo iniciar negociaciones con el Parlamento Europeo, una vez que éste haya adoptado su posición, para dar forma al texto final.
El reglamento propuesto introduce una prohibición gradual y legalmente vinculante de las importaciones de gas por gasoducto y gas natural licuado (GNL) procedentes de Rusia, con una prohibición total que entrará en vigor el 1 de enero de 2028.
Sin embargo, incluye excepciones que afectan a los contratos a corto plazo existentes, hasta el 17 de junio de 2026, así como los contratos a largo plazo, hasta el 1 de enero de 2027, siempre que se hayan cerrado antes de junio del presente año y no se hayan modificado.
La presidencia danesa ha destacado el "amplio apoyo" de las capitales a la propuesta de la Comisión Europea, que ha contado con el respaldo de todos los gobiernos de la UE con la única excepción de Hungría y Eslovaquia.
Aunque, en general, el Consejo coincide con el plan propuesto por Bruselas para abandonar el gas ruso, ha introducido también algunos cambios como la simplificación de obligaciones aduaneras, con requisitos y procedimientos de documentación más sencillos para las importaciones de gas no ruso, mientras que se solicita más información para las importaciones de gas procedente de Rusia durante la fase transitoria.
Además, los Veintisiete han incluido el requisito de que ambas categorías de importaciones de gas estén sujetas a un régimen de autorización previa de modo que, en el caso del gas ruso, la información necesaria para la autorización deberá presentarse al menos un mes antes de la entrada y, al menos cinco días antes, si se trata de gas no ruso.
En el caso de cargamentos mixtos de GNL, la documentación tendrá que demostrar las respectivas proporciones de gas ruso y no ruso en la mezcla y se permitirá únicamente la entrada a la UE de las cantidades no rusas.
El reglamento propuesto exige que todos los Estados miembro presenten planes nacionales de diversificación que describan las medidas y los posibles desafíos para diversificar su suministro de gas, pero el Consejo ha acordado eximir a aquellos países que puedan demostrar que ya no reciben importaciones directas ni indirectas de gas ruso.
El Consejo ha introducido también otros cambios respecto a la propuesta original como nuevas disposiciones sobre el intercambio de información entre las autoridades nacionales, la Agencia de la UE para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) y la Comisión y exige al Ejecutivo comunitario que revise la aplicación del reglamento en el plazo de dos años a partir de su entrada en vigor, incluidas las disposiciones sobre los procedimientos de autorización previa.
También se especifica, en relación a la cláusula de suspensión, qué tipos de perturbaciones de la seguridad del suministro podrían justificar un levantamiento temporal de la prohibición de importación o del requisito de autorización previa.