Desde las remuneraciones correspondientes a agosto, todos los empleadores del país están obligados a efectuar un aporte adicional del 1 % al sistema previsional, de cargo exclusivo de la empresa y que no afecta el sueldo líquido de los trabajadores.
La obligación está contemplada en la Ley N.º 21.735, publicada el 26 de marzo de este año, que establece un incremento progresivo de la cotización patronal hasta alcanzar el 8,5 % en un plazo de nueve años.
Cómo se distribuye el nuevo aporte
En los próximos años se sumarán otras prestaciones, como el Beneficio por Años Cotizados (0,1 UF por año, hasta 25 años), la Rentabilidad Protegida y la integración del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) al esquema solidario.
Fechas clave
El aporte correspondiente a las remuneraciones de agosto deberá declararse y pagarse vía Previred en los plazos habituales:
Además, en septiembre de 2025, la Pensión Garantizada Universal (PGU) subirá a $250.000 para personas de 82 años o más, extendiéndose a los tramos de 75 y 65 años en 2026 y 2027, respectivamente.
Advertencia de expertos
Para José Miguel Martínez, director laboral de EDIG y especialista en relaciones laborales, las empresas deben anticiparse a este nuevo escenario.
“Es crucial que las empresas verifiquen y actualicen sus sistemas de remuneraciones, adapten sus plataformas de pago previsional y se asesoren técnica y legalmente para cumplir de manera oportuna. Aunque el incremento es gradual, su impacto presupuestario y operativo comienza ahora”, afirmó.
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