La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que la tasa de interés de actualización aplicable a los siniestros de los afiliados, cuya fecha de fallecimiento o aquella en que quede ejecutoriado el único o segundo dictamen de invalidez, según corresponda, ocurra en el mes de mayo de 2025, es 3,31% real anual.
La tasa de interés de actualización se utiliza para el cálculo de los capitales que financien las pensiones de referencia de los afiliados al sistema previsional, creado por el decreto ley, que estén en condiciones de generar pensiones de invalidez o sobrevivencia.