La semana pasada fuimos testigos de una situación muy complicada por su causa y por las consecuencias que generó.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) sorprendió a muchos contribuyentes con un correo electrónico que los conminaba a cambiar la dirección virtual que tenían registrada, a una física y comprobable. Esto, debido a que la actividad económica “registrada” en los sistemas del organismo fiscalizador, no cumplía con los requisitos necesarios o no era compatible, debido a que su desarrollo necesariamente requiere un lugar físico para poder ser realizadas.
Esto cayó muy mal, porque desde la pandemia que hemos apreciado cómo muchos empresarios dejaron sus lugares físicos para ocupar oficinas virtuales, espacios co-work y sustentar sus operaciones en el teletrabajo.
50 mil pequeños empresarios se vieron o se verían afectados por esta exigencia, según manifestó la Multigremial Nacional.
Esta comunicación fue un “error” según lo manifestado por el propio SII y procedió a pedir disculpas porque no correspondía a un cambio de criterio, además de señalar enfáticamente que el compromiso del organismo fiscalizador “es facilitar” el aporte de los contribuyentes “al desarrollo del país”.
Sin embargo, el ambiente tributario recibió muy mal el yerro cometido, alzándose voces llamando la atención al momento histórico que estamos viviendo, en donde se piden mayores facultades para el SII, en circunstancia que existe una extralimitación en el ejercicio de las actuales que derivan en bloqueos de claves de acceso a la página web, rechazo de plano de domicilios tributarios y otras medidas extremas sin mediar una fiscalización.
Otros más enérgicos han señalado que se “reventarán” a todos los negocios con oficinas virtuales de emprendedores que no tienen recursos para pagar una oficina física, encareciendo brutalmente los procesos de formalización. Esto sería lapidario, pues en vez de incentivar la formalidad de las actividades económicas del país, el SII está encareciendo este proceso y generará más informalidad y evasión.
Sin duda que errata cometida generó muchas incomodidades, pero debe hacer reflexionar al organismo fiscalizador en la forma cómo administra la gran cantidad de información que tiene en nuestros días, pues obró de esta forma, según la información relativa a las actividades “registradas” en sus sistemas, la cual resultó incongruente con la calificación que el sistema hacía con relación al tipo de domicilio.
Es evidente que el cruce que hicieron fue para detectar empresas “fantasmas” que están blanqueando ingresos o tapando alguna conducta ilícita, acción totalmente en línea con el talante fiscalizador del actual Director Subrogante del SII, quien ha señalado que pondrá especial énfasis en este tipo de actividades mal intencionadas.
Lo malo de esta situación, es que erraron en la aplicación de la herramienta utilizada para detectar eventuales conductas anómalas, pues utilizaron la “tecnología” y “administraron” la gran cantidad de información, pero que analizaron, tal vez automáticamente y apoyada con la Inteligencia Artificial, imprecisamente.
Tal vez sea más eficiente el trabajo en terreno que el Director Nacional Subrogante había anunciado, donde la experiencia y habilidad personal superan en eficiencia a los metanálisis realizados y otras mediciones “empíricas” que al final redundan en una visión distorsionada de la realidad y terminan afectando a buenos contribuyentes, perturbando y amenazando el legítimo derecho de la libertad económica consagrada en nuestra Constitución.
Creo que será importante que el SII revise la efectividad y eficiencia de sus herramientas tecnológicas, para aplicarlas en su justa medida y evitar afectar las actividades de muchos contribuyentes que cumplen con sus obligaciones, y que se concentre en aquellas transacciones con evidentes anormalidades en sus operatorias, para no afectar a los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones y realizan operaciones transparentes.
Prof. Germán R. Pinto Perry,
Director de Programas de Especialización Tributaria,
Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC,
Universidad de Santiago