Carlos Orrego Acuña, Experto en Tributación Inmobiliaria de Transsa Consultores Inmobiliarios

​Las contribuciones, la CCS y el Impuesto Territorial:

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Sr. Director:


El impuesto territorial es uno de los 4 tributos que forman parte de la estructura de ingresos permanentes de los municipios, junto con el Permiso de Circulación de los vehículos, la Patente Comercial y Profesional y el Impuesto a la Transferencia de Vehículos Usados.


En Chile, 8 de cada 10 viviendas no pagan contribuciones, atendido su avalúo y una norma de excepción establecida por el legislador. De acuerdo al SII, existen 5,7 millones de viviendas, de las cuales sólo el 20% paga contribuciones. Estas aportan el 30% del total del impuesto que se cobra.


El avalúo Fiscal es la base de cálculo del tributo, ocupando como referencia los valores de mercado de las propiedades, el cual se actualiza cada 4 años. El incremento de valor de una propiedad mientras no se venda es sólo una mera expectativa. Entonces, ¿es justo cobrar un tributo en que parte de su base imponible es una ganancia que aún no he incorporado a mi patrimonio? Parece no serlo.


Una solución podría ser mantener como base de cálculo permanente el valor real de adquisición del bien a valor presente, incluyendo las mejoras efectuadas. Lo mismo se podría aplicar a los contribuyentes, cuya capacidad de pago se ha visto mermada por una situación económica desmejorada. Así evitaríamos que vendan su vivienda porque no pueden pagar el impuesto.



Carlos Orrego Acuña

Experto en Tributación Inmobiliaria de Transsa Consultores Inmobiliarios


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