​CMF informa sobre calificación de bancos de importancia sistémica e impone exigencias

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Cmf


La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que su Consejo aprobó la resolución N° 2044 sobre la calificación de los bancos de importancia sistémica y las exigencias adicionales para ellos.

Esto, según lo establecido por la Ley General de Bancos (LGB) y su normativa respecto de la identificación de bancos sistémicos contenida en el Capítulo 21-11 de la Recopilación Actualizada de Normas.

La normativa publicada por la CMF para la implementación de los estándares de Basilea III en Chile, considera la construcción de un índice de importancia sistémica por entidad. Dicho índice considera los cuatro factores que reflejan el impacto que tendría su deterioro financiero o eventual insolvencia en el funcionamiento del sistema financiero.

Estos factores son: el tamaño del banco; su interconexión con otras entidades financieras; la dificultad de sustituir al banco en la prestación de servicios financieros; y la complejidad de su modelo de negocios y estructura operativa. En función del valor de este índice se establece un rango para las exigencias adicionales, según el artículo 66 quáter de la LGB.

La identificación de bancos sistémicos y la determinación de exigencias adicionales aplicables se realiza de forma anual, en base a la información que deberán reportar los propios bancos.


Seis bancos sistémicos

De acuerdo a esta metodología, la Comisión estimó que este año revisten la calidad de sistémicos las siguientes entidades (en orden alfabético): Banco de Chile, Banco de Crédito e Inversiones, Banco del Estado de Chile, Banco Santander-Chile, Itaú Corpbanca y Scotiabank Chile. Tales bancos mantienen dicha calificación, desde la última evaluación de marzo de 2021.

Ahora bien, como parte de las medidas implementadas en el contexto del Covid-19, en abril de 2020 el Consejo de la Comisión resolvió postergar la exigencia adicional que se deriva de dicha clasificación.

Así, este año se fijan por primera vez los mayores requisitos de capital básico derivados de la identificación de bancos de importancia sistémica. Estos mayores requisitos se aplicarán gradualmente, desde diciembre de 2022 y hasta diciembre de 2025, a razón de un 25% del cargo cada año.

En concordancia con la normativa vigente, la Comisión acordó exigir un cargo de capital básico adicional respecto de los activos ponderados por riesgo de 1% para Itaú Corpbanca; 1,25% para el Banco de Chile, Banco del Estado de Chile y Scotiabank Chile; y 1,5% para el Banco de Crédito e Inversiones y Santander-Chile.

Conforme a la gradualidad de implementación antes mencionada, los cargos de capital básico adicionales exigibles en diciembre de 2022 serán equivalentes a ¼ de dicho porcentaje.

europapress