No mantener en el CES Punta Redonda las condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia según exige la norma, cuya consecuencia fue el escape masivo de ejemplares del centro, causando un daño irreparable es la infracción gravísima de la que es acusada la empresa.
Así lo confirmó esta mañana la repartición en una escueta declaración pública.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aclaró que tales incumplientos no tendrían relación con el episodio de contaminación ocurrido en Quintero y Puchuncaví, durante la semana del 20 al 26 de agosto de 2018.
La compañía remarcó que “la formulación de cargos por parte de la SMA es el inicio de un proceso y no una sanción.”
La SMA formuló cargos a la empresa por el mal funcionamiento, funcionamiento discontinuo y no funcionamiento del equipo de medición de hidrocarburos de la estación Centro Quintero. Esta infracción fue calificada como gravísima.
Luego de analizar los recursos de casación de la empresa y la defensa de la SMA, la Corte Suprema desestimó las alegaciones de Maricunga, confirmando la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que había ratificado la sanción aplicada por esta Superintendencia, consistente en la clausura de los pozos de extracción de agua del “Proyecto Minero Refugio”.
La Superintendencia del Medio Ambiente advirtió este lunes que la empresa ha incurrido en faltas graves y generando un riesgo significativo para la salud de la población.
La ministra Schmidt informó que el sistema de monitoreo que estaba en manos de las empresas, fue traspasado al Estado, todo con el fin de dar mayor transparencia al sistema.
Por deficiencias en el funcionamiento del sistema de antorcha en relación a un flujo de gas barrido y de gas piloto, inferiores a lo comprometido en la RCA que regula esta actividad, consignó este lunes la Superintendencia de Medio Ambiente.
Para el mediodía de este lunes se tiene previsto que la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, esté en la zona visitando la estación de monitoreo de calidad del aire del complejo industrial de Ventanas.
El presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de ENAP, Nolberto Díaz, también formuló sus descargos contra el intendente de Valparaíso.
El presidente del sindicato de Enap Refinería Aconcagua, dejó abierta esa puerta ante los cargos formulados contra la compañía por la intoxicación masiva ocurrida en Quintero y Puchuncaví el 21 de agosto pasado. Las declaraciones fueron hechas momentos después de conocerse la renuncia del vicepresidente del directorio la firma, Gonzalo de la Carrera.
Lamenta, asimismo, la renuncia de su vicepresidente y reitera que no tiene relación con los sucesos de contaminación que afectaron a las localidades de la Región de Valparaíso.
La compañía indicó que entregó la información horaria de sus emisiones a la Superintendencia de Medio Ambiente.
"Estoy desilusionado. Mi dilema es ético. La SMA apunta en la dirección equivocada", aseguró De la Carrera, quien fue nombrado en el cargo por el Mandatario en abril pasado.
-La Superintendencia de Medio Ambiente concluyó que la petrolera estatal no cumplió con las condiciones de tratamiento de los residuos industriales líquidos determinado en la resolución ambiental en faenas realizadas en el Terminal Marítimo de Quintero.
-Enap mediante un escueto comunicado rechaza tajantemente las imputaciones hechas por la Superintendencia del Medio Ambiente.
Estas medidas se suman también a la solicitud realizada por la SMA al Tercer Tribunal Ambiental para que autorice la dictación de una Medida Urgente y Transitoria (MUT) consistente en la detención total del funcionamiento del CES de Punta Redonda.
-El viernes 13 de julio la SMA solicitó al Tercer Tribunal Ambiental que autorice la dictación de una Medida Urgente y Transitoria consistente en la detención de dicho centro por el plazo de treinta días corridos, tras la fuga de casi 900 mil salmónidos.
Tras denuncias ciudadanas y municipales, se activaron fiscalizaciones que detectaron monitoreo de aguas en puntos distintos a lo autorizado y la descarga habitual y de larga duración de aguas servidas al Lago Panguipulli a través de aliviaderos de tormenta.
La Corte Suprema deberá resolver alegaciones de la empresa y la Superintendencia del Medio Ambiente.