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Germán Pinto |
Muchos problemas han generado la modificación del hecho gravado básico servicios que introdujo la Ley 21.420, cuya vigencia comenzó a partir de este 1ero de enero.
Sin duda que el legislador obró con buena intención al redactar la Ley 21.420 que buscaba incrementar la recaudación para mejorar la PGU, a través de eliminación de exenciones y aumentando las bases imponibles de determinados impuestos, como lo hizo con el caso del IVA que afecta a los servicios.
Sin el ánimo de aguar la Fiesta del Año Nuevo recién pasada, pero con el pragmatismo que nuestra legislación nos obliga, debo señalar que este primer lunes del año 2023 comienza con una mayor carga tributaria por distintos aspectos.
No sé si el “comité creativo” del Ministerio de Hacienda ponderó todas las complicaciones que ha generado la Ley 21.420 que busca aumentar la recaudación fiscal a través de la eliminación de exenciones y ampliar las bases tributarias del hecho gravado básico servicios respecto del IVA.
El Colegio de Abogados envió la semana pasada una carta al ministro de Hacienda solicitando la postergación de la entrada en vigor de la modificación del hecho gravado básico servicios afectos al IVA, que la Ley 21.420 introdujo en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios (LIVS), como así también prontamente lo hará el Colegio de Contadores de Chile A.G.
La Ley 21.420 que “reduce o elimina exenciones tributarias” introdujo modificaciones, entre otros cuerpos legales, a la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios ampliando la base de tributación del hecho gravado básico servicios, considerado como tal a toda prestación que se realice en favor de otra persona, por la cual se percibe una remuneración y que el servicio sea prestado o utilizado dentro de nuestro territorio. Esto implica que toda asesoría, hasta hoy considerada como “hecho o gravado”, quedará afecta con IVA y deberá incrementar sus valores en un 19% a contar del 1 de enero del próximo año.
La semana pasada conocimos la desocupación de nuestro país según datos del INE, ubicándose en un 8%, cifra bastante positiva si consideramos la crisis que estamos viviendo o que, tal vez, estamos comenzando a vivir.
Tal como ya he señalado anteriormente, una “buena” estructura tributaria debe interferir mínimamente en las decisiones económicas de los agentes, atributo que adolece la Ley 21.420 que reduce o elimina exenciones y que una de sus disposiciones relativas al IVA, comenzará a tener efectos a contar del 1 de enero de 2023.
El título de mi columna puede llamar la atención. Es posible pensar que erré en la palabra y lo correcto era “complejo”, pero no es el caso y el vocablo cabal.
La Ley 21.420 que fue publicada en febrero del presente año tiene por objeto proveer al Fisco de mayores ingresos fiscales poducto de la eliminación de una serie de exenciones y otras modificaciones que aumentan los hechos gravados. Una de ellas, fue el cambio en los elementos del hecho gravado básico servicios del IVA.