Sr. Director:
La convivencia en edificios y condominios suele ponerse a prueba con ruidos molestos, uso indebido de estacionamientos, arriendos temporales sin control o disputas por el manejo de las basuras. En algunos casos, las conductas reiteradas de ciertos residentes llevan a la pregunta inevitable: ¿es posible expulsar a un vecino conflictivo de la comunidad?
La respuesta es categórica: no existe un mecanismo legal para desalojar a un copropietario o arrendatario conflictivo. La normativa chilena no contempla la expulsión como sanción. Lo que sí está previsto es la aplicación de multas y, si las conductas persisten, la posibilidad de presentar denuncias ante el Juzgado de Policía Local, que determinará las sanciones correspondientes.
El reglamento de copropiedad es la herramienta que ordena la vida en comunidad. Un vecino se vuelve conflictivo cuando deja de cumplir con sus obligaciones económicas, cuestiona las multas como excusa para no pagar los gastos comunes, o simplemente hace caso omiso de las normas que la propia comunidad aprobó. En esos casos, no se le puede expulsar, pero sí multar y denunciar, lo que evidencia la necesidad de tener reglamentos claros y actualizados.
La experiencia muestra que gran parte de los problemas surgen porque los reglamentos son antiguos o no responden a la realidad actual de las comunidades. Aquí cobra relevancia, una plataforma independiente que asesora a los copropietarios en la modernización de sus reglamentos de copropiedad y en la adecuación a la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Hoy muchas comunidades siguen operando con normas desfasadas, que no consideran realidades como los arriendos temporales, el delivery o el uso intensivo de espacios comunes. Actualizar el reglamento es clave, porque allí se establecen los criterios de convivencia y las herramientas para prevenir conflictos antes de que escalen. Y lo más relevante es que está aprobado por asamblea extraordinaria de mayoría absoluta, es decir con al menos el 50% + 1 de los derechos del condominio, lo que facilita el trabajo del Administrador y del Comité de Administración al momento de cursar las multas.
Las recomendaciones para las administraciones y comités son claras:
- Ruidos molestos: advertencia, multa y eventual denuncia a Paz Ciudadana.
- Violencia intrafamiliar o agresiones: llamado inmediato a Carabineros.
- Emergencias como incendios o sismos: activar el plan de emergencia.
- En todos los casos, el administrador debe aplicar el reglamento y capacitar a su personal en cómo actuar, mientras que el comité de administración tiene el deber de fiscalizar su cumplimiento y procurar la buena convivencia entre vecinos.
Los expertos coinciden en que la convivencia en comunidades se ha vuelto más compleja en los últimos años. El aumento de arriendos temporales, la mayor densidad habitacional y la diversidad de estilos de vida hacen más frecuentes las fricciones. En este contexto, la prevención, la claridad normativa y la información a los copropietarios aparecen como los caminos más efectivos para evitar que los conflictos cotidianos se transformen en crisis mayores.
Marcelo Hernández, director de Edifito.com