Los acuerdos extrajudiciales deben ser aprobados por el TDLC, para lo cual fue fijada una audiencia para el jueves 7 de enero a las 09.30 horas.
La acción legal de ARCH, compañía que representó a la gigante tecnológica durante casi 5 años en nuestro país, sostiene que la firma surcoreana impuso condiciones a los distintos distribuidores que limitaban la competencia inter e intra marca, afectando directamente a los consumidores. Además, acusa incumplimiento de contrato de distribución.
Acogió ayer el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en septiembre del 2018 contra 10 líneas de buses y taxi-buses de Temuco y Padre Las Casas
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) acusó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) al Canal del Fútbol (CDF) por abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional (CNFP), mediante la imposición de una serie de prácticas comerciales a los cableoperadores.
En agosto pasado, la compañía inició un procedimiento no contencioso, solicitando al TDLC que autorice una “licitación de transición” para el Espigón de Valparaíso por un período de cuatro años, manteniendo los resguardos de libre competencia ya establecidos por el TDLC en el Informe N°5/ 2009 y en el Informe N°8/2012, con la excepción de la obligación del concesionario de dar cumplimiento al cronograma de inversiones en infraestructura portuaria, cuestión que se reservaría para una segunda fase, a partir del año 2025.
En una audiencia realizadaayer ante el Tribunal, el Subjefe de la División Antimonopolios de la Fiscalía, Alejandro Domic, advirtió que, en este contexto, se requiere medidas específicas para impedir que esta empresa proteja su posición cuasi monopólica.
Para fomentar la participación de más oferentes en el proceso y para mitigar posibles riesgos derivados de integración vertical y horizontal en este mercado.
En el marco de dos investigaciones destinadas a constatar el cumplimiento por parte de esta empresa de lo ordenado por el Tribunal
Esta propuesta fue formulada en el marco de la consulta iniciada en septiembre de 2019 por GLR, en la cual la empresa dueña de las radios ADN, Rock & Pop e Imagina, entre otras, solicitó al TDLC que revoque dichas medidas, argumentando que desde que fue aprobada la operación a la fecha se han producido diversos cambios en el escenario competitivo, sin que se hayan verificado los riesgos previstos por el TDLC.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Watt´s presentaron el 7 de octubre un acuerdo extrajudicial ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), suscrito en el marco de dos investigaciones destinadas a constatar el cumplimiento por parte de esta empresa de lo ordenado por el Tribunal en la Sentencia N° 7/2004 y en la Resolución N° 57/2019.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que establezca un conjunto de medidas estructurales y conductuales a las que deberá someterse el futuro concesionario del Puerto Chacabuco, en el marco de la licitación que la Empresa Portuaria Chacabuco (Emporcha) realizará para entregar la concesión del puerto.
Desestimó la solicitud de Baxter de dejar sin efecto la sanción impuesta o reducir el monto de la multa, que mantuvo en los $ 119 millones de pesos (200 Unidades Tributarias Anuales, UTA) establecidos por el TDLC en enero pasado.
Es importante destacar que esta funcionalidad solo está disponible para las causas que se tramitan electrónicamente, estas son las que se iniciaron a partir del 2 de enero de 2020.
Esta obra tiene una importancia estratégica para la conectividad de la Región Metropolitana, porque permitirá ampliar en forma importante la infraestructura pública necesaria para el transporte de pasajeros desde y hacia la región.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió ayer a la Corte Suprema que confirme la Sentencia N° 172, dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en enero de este año contra los laboratorios Baxter y Sanderson en el juicio por colusión seguido contra esas empresas
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó hoy al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que prohíba la integración vertical entre operadores de terminales de buses y empresas de transporte interurbano en la licitación del terminal de Viña del Mar y que elimine barreras competitivas existentes en este proceso.
A juicio del TDLC, dicha iniciativa está en línea con la solicitud de dictación de Instrucciones de Carácter General en este mercado, presentada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) el 15 de junio pasado, indicando que “el mencionado proyecto que se encuentra en preparación atiende las preocupaciones manifestadas por la FNE”, respecto del establecimiento de un mecanismo de regulación de las tasas de intercambio, monto que corresponde a la remuneración que reciben los emisores de tarjetas por cada transacción.
Con fecha 15 de junio de 2020, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) una solicitud para que, a través de la dictación de Instrucciones de Carácter General en el mercado de tarjetas de pago, establezca un mecanismo, primeramente provisorio y luego definitivo, de regulación de las tasas de intercambio, monto que corresponde a la remuneración que reciben los emisores de tarjetas por cada transacción.
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) e Inversiones Los Orientales Limitada para poner término al juicio iniciado en enero de este año contra dicha sociedad por haber incumplido su deber de notificar a la Fiscalía su participación en la propiedad de una empresa competidora.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó hoy el Acuerdo Extrajudicial firmado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y las empresas Soprole y Prolesur, pertenecientes al mismo grupo empresarial, suscrito en el marco de la fiscalización del cumplimiento de la Sentencia N° 7/2004 del TDLC por parte de ambas compañías.