​Pymes: ¿Qué beneficios tributarios se encuentran disponibles?

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El pasado 06 de mayo la unidad de Educación Ejecutiva (UEjecutivos) realizó el encuentro Beneficios tributarios de una pyme. René Galindo, asesor de empresas, ATRI, y docente del seminario en Tributación de las Pymes, fue el encargado de ahondar en el régimen general de las pymes que contempla una serie de beneficios tributarios, que, en muchas ocasiones, no son conocidos.


Galindo explicó que uno de estos incentivos tributarios corresponde a la reinversión de utilidades. Este beneficio, que rige desde el año 2017, se aplica a contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría y consiste en que las utilidades generadas en el año comercial se mantengan dentro de la empresa, como capital de trabajo y que no sea retirado por sus participantes.


“Este incentivo representa una rebaja a la base imponible del impuesto consistente en un 50% de la utilidad mantenida dentro de la empresa con un tope de UF 5 mil”, señaló.


Otro incentivo al que pueden acceder los contribuyentes es el crédito por inversiones en bienes físicos del activo inmovilizado. Este beneficio está destinado a aquellos contribuyentes que arrienden con opción de compra, adquieren o terminen de construir bienes físicos, y que estén destinados al activo inmovilizado. “El crédito será del 6% o un 4% del valor de los bienes hasta un tope de UTM 500, según el promedio de ventas”, indicó Galindo.


El docente destacó que este beneficio no rige sobre aquellos activos usados para la mantención o reparación de bienes, los destinados para fines habitacionales, o de transporte. En ese último ítem, se excluyen los camiones, camionetas y otros destinados al transporte de carga o buses que presenten servicios interurbanos o rurales de transporte público.


Galindo comentó que otro incentivo es la recuperación del IVA crédito fiscal por compras de activos fijos. Explicó que la normativa permite a los contribuyentes del IVA solicitar la devolución del remanente del crédito fiscal que se haya generado, por la compra de bienes o servicios del activo fijo de la empresa.


“Este permite solicitar al Servicio de Impuestos Internos la devolución en dinero del remanente de crédito fiscal originado en la adquisición de bienes o servicios del activo fijo, en lugar de seguir acumulándolo sin poder usarlo”, complementó.


Respecto a las novedades tributarias actuales para pymes sobre la prescripción de deudas y convenios propyme, Galindo sostuvo que, en el primer caso, la Ley 21.713 otorga la facultad al tesorero para declarar la prescripción de deudas tributarias, con excepción del impuesto territorial o aquellas emitidas hasta diciembre de 2013.


En el caso de los convenios, agregó que se puede optar a facilidades de pago a los contribuyentes, dividiendo la deuda tributaria en hasta 18 cuotas sin interés, con un pie de 2%, 3% o 5% fijo, dependiendo del comportamiento de pago. 


europapress