Cruzados S.A. comunicó, como hecho esencial, que con fecha 5 de febrero de 2025, el directorio de la sociedad acordó iniciar el período de opción preferente para el día 17 de febrero de 2025, teniendo en consideración los siguientes puntos:
En junta extraordinaria de accionistas de la sociedad, celebrada el 21 de noviembre de 2024, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 4 de diciembre del año 2024, se acordó aumentar el capital de la sociedad en la suma de $6.500.000.000, mediante la emisión de 130.000.000 acciones de pago Serie A.
La Comisión para el Mercado Financiero, con fecha 3 de febrero de 2025, inscribió en el Registro de Valores con el N° 1142, la emisión de 130.000.000 acciones de pago, Serie A, sin valor nominal, por un monto total de $6.500.000.000, con cargo al aumento de capital antes señalado. El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas acciones es de tres años a contar del 21 de noviembre de 2024.
Los fondos que se obtengan con esta emisión de acciones se destinarán a complementar el financiamiento del Proyecto de Modernización del Estadio San Carlos de Apoquindo, así como contribuir a su puesta en marcha y el inicio de su operación.
Esta emisión se ofrece preferentemente a los accionistas de la sociedad, quienes tendrán el derecho de suscribir 0,802409356305424 acciones nuevas por cada acción que posean inscrita en el Registro de Accionistas al día 11 de febrero de 2025. Las acciones serán ofrecidas al precio de $50 por acción, y deberán ser pagadas al momento de celebrarse el correspondiente contrato de suscripción de acciones en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista. El aviso de opción preferente para suscribir estas acciones, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario La Tercera el día 17 de febrero de 2025.
Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones, deberán hacerlo, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 17 de febrero de 2025, y el 19 de marzo de 2025, entendiéndose que renuncian a este derecho si no suscribieren dentro de dicho plazo.
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad.
La sociedad pondrá a disposición de los accionistas o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos a más tardar el día hábil subsiguiente a aquel en que reciba la respectiva comunicación y podrán ser retirados en Avenida Las Flores 13.000, comuna de Las Condes entre las 10:00 y 17:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad.
Las acciones que no fueren suscritas por los accionistas o sus cesionarios con derecho a ellas, y las acciones que tengan su origen en fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas serán ofrecidas a los accionistas que ejercieron su derecho preferente para suscribir acciones y que manifestaron su intención e interés de suscribir acciones adicionales en un segundo periodo de oferta preferente. Por último, y en caso de que existieren acciones serie A remanentes sin suscribir una vez finalizados ambos períodos de opción preferente, éstas serán ofrecidas libremente por el Directorio a terceros en condiciones no más beneficiosas que las ofrecidas a los accionistas, conforme a lo establecido en la ley.