Banco Internacional comunicó, mediante un hecho esencial, que el 26 de noviembre de 2024, recibió de Mapfre Compañía de Seguros Generales S.A. y Mapfre Compañía de Seguros de Vida S.A. (Mapfre) una carta que contiene una declaración de interés u oferta no vinculante para iniciar las negociaciones en exclusividad por hasta 90 días, que permitan, eventualmente, celebrar una potencial operación con el Banco para el suministro y comercialización exclusiva por parte de Mapfre de toda la gama de productos de seguros que ofrece, a través de los canales de distribución del Banco.
“La Propuesta no tiene el carácter de vinculante ni obligatoria para las partes y el Banco se encuentra evaluando sus términos y condiciones. Por lo mismo, de momento, no es posible cuantificar en forma precisa los efectos financieros inmediatos que, la eventual y potencial transacción, podría tener en caso que prospere”, consignó la entidad bancaria.
Mapfre, en tanto, consignó a través de un hecho esencia, que “la eventual operación contemplaría un acuerdo de, a lo menos, 10 años de vigencia, a ser suscrito entre las partes lo antes posible y no después del término del primer trimestre del año 2025, periodo dentro del cual las partes se obligarán a negociar de manera exclusiva. Como es habitual en este tipo de operaciones, y en caso de concretarse, se celebrarán contratos cuyos principales términos y condiciones se referirán a: (i) la extensión del acuerdo o alianza estratégica, de manera tal de regular los derechos de la Compañía de acceso y uso exclusivo de los canales de distribución del Banco, mediante la intermediación de la corredora de seguros del Banco (la “Corredora”), para la comercialización de todos los productos que la Compañía se encuentre facultada para comercializar actualmente y en el futuro y (ii) los derechos y obligaciones respecto del suministro, intermediación y distribución de seguros, así como la recaudación de primas y comisiones entre la Compañía, la Corredora y el Banco.”
La Compañía se mantiene estudiando los antecedentes de esta potencial operación, pero el directorio ha determinado que es su interés, y ha facultado a la Gerente General, para avanzar con una negociación con el Banco mediante la preparación y el envío de una declaración de interés u oferta no vinculante para lograr un acuerdo con el Banco, dentro del período de negociación exclusiva.