Tras sesionar en la mañana y en la tarde por segundo día consecutivo en la semana, la Comisión de Hacienda del Senado despachó este martes a Sala el proyecto de ley que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Boletín 16621-05), que es parte del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal y que busca incrementar en régimen los ingresos fiscales en el equivalente a 1,5% del PIB (unos US$ 4.500 millones). Esta iniciativa legal —que además es parte del fast track legislativo concordado por el Ejecutivo con las presidencias de las dos cámaras de Congreso— empezaría a analizarse hoy en la Sala del Senado.
“Agradecemos el trabajo cada senador en esta tramitación, donde analizamos cada una de las normas trabajadas en el marco del Protocolo Acuerdo suscrito durante la votación en general y que permitió fortalecer la Norma General Antielusión, además de un avance sustancial respecto del levantamiento del secreto bancario, que si bien se mantiene en sede judicial, permite tener un procedimiento más expedito en su aplicación general y especial cuando las fiscalizaciones den cuenta de delitos. Se aprobó la figura del denunciante anónimo y un conjunto de normas que entregan mayores facultades al Servicio de Impuestos Internos (SII), a Tesorería General de la República y al Servicio Nacional de Aduanas para mejorar la administración tributaria de manera integral. Y también se fortalece la Defensoría del Contribuyente”, destacó la ministra (s) de Hacienda, Heidi Berner.
La autoridad relevó también la aprobación de un conjunto de normas que permiten combatir de manera más efectiva la informalidad, dentro de las que se incluyen la iniciación de actividades de quienes operan a través de plataformas y quienes usan máquinas POS; la norma que obliga e informa a informar al SII cuando en una misma cuenta corriente se reciben más de 50 transferencias electrónicas de distintos orígenes y la que obliga a identificar a través de un documento tributario a quienes compran en efectivo por un monto superior a 135 UF. “Esperamos lograr oportunamente el despacho del proyecto, de modo que los recursos que recaude puedan ser incorporados en el proyecto de Ley de Presupuestos 2025 y cumplir con el compromiso del Ejecutivo de tener los recursos para la reforma previsional y para financiar las medidas de seguridad que demanda la ciudadanía”, acotó.
Durante la jornada de este martes se actualizaron normas de la Ordenanza de Aduanas para introducir conceptos acordes con las nuevas funciones —como “operador de comercio exterior”— o armonizarlas con las facultades del Servicio de Impuestos Internos. Así también se modificaron disposiciones relativas a multas para ilícitos e incumplimientos de la normativa.
Se aprobó la norma relativa al uso de dinero en efectivo en las operaciones de compra y venta: podrán efectuarse con cualquier medio de pago legalmente aceptable aquellas que estén entre 50 UF y 135 UF o sus equivalentes en moneda extranjera, siempre que sean respaldadas en cualquier documento que registre la identidad del pagador. Cuando el pago se realice en efectivo, la identificación deberá constar en la respectiva factura o documento que acredite la operación. De no cumplirse esta condición, la operación respectiva deberá efectuarse exclusivamente a través de medios de pagos electrónicos o cualquier otro medio de pago que permita la individualización del pagador. Lo anterior, se aplicará respecto de la integridad o totalidad del valor de la operación realizada, sin que sea posible fraccionar el pago en cantidades inferiores al límite establecido o realizar compras sucesivas con el mismo fin.
El tope de 135 UF se mantendrá mientras no se dicte una resolución al respecto, que cuente con el pronunciamiento favorable del Banco Central. “Estas disposiciones no contravienen la Ley Orgánica del Banco Central ni limitan el uso de efectivo. Y las 135 UF —es decir, poco más de $5 millones a la fecha— están referidos a una sola compra”, explicó Berner respecto de la indicación aprobada.
Se aprobó el articulado que permitirá aplicar el impuesto al lujo a los dueños de yates. No se afectará con este impuesto a los yates que tengan como principal medio de propulsión la vela y en los que el empleo de un motor solo cumple el rol secundario o de apoyo y que cumplan además con al menos uno de los siguientes requisitos: tonelaje grueso inferior a 20; o que hayan sido efectivamente empleados de manera regular o sistemática en un calendario anual de campeonato de una clase federada, durante el año anterior al devengo del impuesto.
Al término de la votación Berner expuso una nueva propuesta de indicación orientada a hacer un seguimiento de este proyecto de ley, la que fue aprobada. En ella se establece que, transcurridos tres años desde la entrada en vigencia de esta ley, el Ministerio de Hacienda deberá contratar una evaluación externa acerca de la implementación y aplicación de las medidas y su efecto sobre la recaudación fiscal, impacto en la actividad económica, efectos distributivos y cumplimiento de los compromisos en materia de gastos adquiridos durante la tramitación. El resultado de esa evaluación se remitirá a las comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y Diputadas y del Senado, junto con ser publicada en el sitio web de la cartera.
Se rechazaron las normas relativas a la Ley de Herencia que habían sido aprobados en la Cámara de Diputados y Diputadas.