​Convención Constitucional aprueba desmilitarizar a los cuerpos policiales

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La Convención Constitucional de Chile, a cargo de la redacción de la nueva Carta Magna del país, ha aprobado la desmilitarización de Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI), tras las críticas recibidas por los excesos cometidos en el marco del llamado estallido social, en 2019.

El artículo, el 19, se ha aprobado con 109 votos a favor, 33 en contra y 14 abstenciones y en concreto establece que "las Policías dependen del ministerio a cargo de la seguridad pública y son instituciones policiales, no militares, de carácter centralizado, con competencia en todo el territorio de Chile, y están destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias".

Según la información recogida por el diario chileno 'La Tercera', la norma afectará principalmente a Carabineros, que actualmente es una institución militar. De aprobarse la nueva Constitución, deberá asimilar su estatuto al de la PDI, que es la única política civil chilena.

La Convención Constitucional también ha aprobado los incisos 3, 4 y 5 del mismo artículo, que establecen que las Policías deberán "incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y promover la paridad en espacios de toma de decisión" y actuar "respetando los principios de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, con pleno respeto al Derecho Internacional y los derechos fundamentales garantizados" en la nueva Constitución.

En cuanto al inciso 5, establece que las Policías estarán "sujetas a controles en materia de probidad y transparencia" y que sus integrantes "no podrán pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga ni postularse a cargos de elección popular".

Por otro lado, la Convención Constitucional ha aprobado eliminar el estado de emergencia, en el marco de la votación sobre el artículo 22, que regula los estados de excepción constitucional. Actualmente, en Chile existen los estados de asamblea, sitio, catástrofe y emergencia.

El pleno ha rechazado la continuación del estado de emergencia, contemplado en la Constitución actual. El artículo en cuestión sostenía que "en caso de una situación de epidemia, calamidad o emergencia sanitaria que amenace la vida o salubridad de la comunidad", el presidente podría declarar su aplicación bajo una duración de no más de 30 días.

El texto también contemplaba restringir las libertades de locomoción y de reunión, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad, entre otras cosas.

El pleno ha aprobado que el estado de asamblea pueda aplicarse en caso de conflicto armado internacional, mientras que el estado de sitio se activaría en caso de un conflicto armado interno. Según el texto, sólo podrán ser declarados por "la presidenta o presidente de la república, con plena autorización del Congreso y la Cámara de las Regiones, en sesión conjunta".

Además, han aprobado que el Ejecutivo podrá solicitar una prórroga del estado de catástrofe, para lo que se requerirá "la aprobación de la mayoría de los integrantes del Congreso de Diputados y la Cámara de las Regiones".

La redacción de la nueva Constitución en Chile, que vendrá a sustituir a la anterior aprobada en 1980 bajo la dictadura del general Augusto Pinochet, es el resultado de las movilizaciones contra el Gobierno de Sebastián Piñera que comenzaron en octubre de 2019 y que se prolongaron durante meses. (EUROPA PRESS) -

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