La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) pone en consulta pública una propuesta normativa para sistematizar el control del lÃmite que deben cumplir los bancos al otorgar financiamientos a los grupos empresariales.
A su vez, la normativa otorga lineamientos generales para la conformación de grupos empresariales, la medición de las exposiciones y el envÃo de información al regulador.
La última modificación al artÃculo 84 N°1 de la Ley General de Bancos, vigente desde el 12 de enero del año 2019, estableció un lÃmite del 30% del patrimonio efectivo del banco acreedor, para el total de créditos que se otorguen a personas o entidades que pertenezcan a un mismo grupo empresarial. Esto según la definición establecida en el artÃculo 96 de la Ley N° 18.045.
La normativa propuesta para este lÃmite a grupos empresariales se constituye y toma en consideración el resto de los lÃmites del artÃculo 84 (a deudores individuales y entidades relacionadas), en el sentido de complementar y utilizar las definiciones ya establecidas para estos en el CapÃtulo 12-3 de la Recopilación Actualizada de Normas.
Asimismo, se contempla el envÃo de un archivo con información para el control del referido lÃmite, el que próximamente también será publicado para comentarios del público.
Las nuevas instrucciones permanecerán en consulta pública hasta el viernes 20 de diciembre de 2020. Los comentarios deben ser ingresados en la sección Normativa en consulta del sitio web institucional.