Cementos Bio Bío S.A. informó ayer, en carácter de hecho esencial, que en Junta Extraordinaria de Accionistas se acordó, entre otras materias, solicitar la cancelación de la inscripción de las acciones de la sociedad en el Registro de Valores de la CMF, por haber mantenido la sociedad, por un periodo de más de 6 meses anteriores a la fecha de la Junta, menos de 2.000 accionistas.
La Junta apobó también la modificación del Artículo Segundo de los estatutos sociales, relativo al domicilio social, con la finalidad de establecer que el único domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales, o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero; y la modificación del Artículo Vigésimo Noveno de los estatutos sociales, relativo a la citación a Juntas de Accionistas, con el objeto de eliminar la obligación de citación por correo a cada accionista.
Derecho a retiro
La empresa consignó que el derecho a retiro deberá ser ejercido por los accionistas disidentes mediante carta certificada o por presentación escrita entregada en las oficinas de la sociedad, ubicadas en Avenida Andrés Bello 2457, Piso 18, Edificio Costanera Center, Providencia, Región Metropolitana, o en Av. Gran Bretaña 1725, Talcahuano, Región del Bío Bío, Chile. En la comunicación en que ejerza su derecho a retiro, el accionista disidente deberá expresar claramente su voluntad de retirarse de la sociedad por estar en desacuerdo con la decisión adoptada por la Junta, relativa a la solicitud de cancelación de la inscripción de sus acciones en el Registro de Valores de la CMF.
De conformidad a Io dispuesto el Artículo 70 de la LSA y en el Artículo 129 el Reglamento de Sociedades Anónimas contenido en el Decreto Supremo N O 702 de 2011, del Ministerio de Hacienda, el derecho a retiro deberá ejercerse por el total de acciones que el accionista disidente tenía inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de la sociedad a la fecha en que se determina el derecho a participar en la Junta, esto es, a la medianoche del día II de diciembre de 2025 , y que mantenga a la fecha en que comunique a la sociedad su intención de ejercitar su derecho a retiro.
El valor a pagar a los accionistas disidentes corresponde el valor de mercado de las acciones de la sociedad, considerándose por tal su valor de libros, conforme a Io dispuesto en el Artículo 69 de la LSAy el Artículo 132 del Reglamento, dado que ellas no cuentan con presencia bursátil.
Para estos efectos, conforme Io dispone el Artículo 130 del Reglamento, se estará a las cifras del último balance de la sociedad presentado a la CMF, esto es, el balance correspondiente al 30 de septiembre de 2025, y al número de acciones suscritas y pagadas a la fecha de dicho balance, reajustadas a la fecha de la Junta. De acuerdo a dicho balance, el valor de libros de las acciones de la sociedad, reajustado a la fecha de la Junta según las normas aplicables, asciende a SI .092 por acción.
Ejercido el derecho a retiro en tiempo y forma, conforme a la legislación vigente, la sociedad deberá pagar a los accionistas que ejerzan dicho derecho, el valor de mercado antes señalado, ascendente a $1 ,092. Este precio se pagará sin recargo alguno dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la Junta, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 71 de la LSA.
El accionista disidente podrá renunciar a hacer efectivo su derecho a retiro, hasta antes de que la sociedad le efectúe el pago.