​Copec y Enex reaccionan a sentencia de Corte Suprema por operación conjunta de plantas de almacenamiento

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ENEX COPEC

Copec se refirió a la sentencia de la Corte Suprema que declaró admisible la consulta formulada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), sobre la operación conjunta de Copec, Enex y Esmax en plantas de almacenamiento de combustibles líquidos.


La compañía indicó que “la Corte ha reafirmado la tramitación de una consulta no contenciosa y ha tenido presente que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) desarrolló una investigación administrativa superior a cinco años para llegar a esa conclusión. Esto da cuenta que Copec no ha incurrido en conductas contrarias a la ley de libre competencia y nunca se le ha imputado ninguna infracción o sanción por ello.”


Añadió que “considerando que el TDLC dará inicio a un proceso de consulta promovido por la FNE, Copec aportará todos los antecedentes necesarios para demostrar en esta instancia, de carácter técnico, las ventajas y eficiencias del modelo de operación conjunta de plantas de almacenamiento de combustibles.”


Asimismo, la firma sostuvo que “acreditará que en la operación de las plantas no existe ni se maneja información comercial sensible respecto de precios, clientes, contratos u otros aspectos que afecten o tengan la aptitud de incidir en el mercado de distribución de combustibles, lo que es consistente con las estrictas Políticas de Libre competencia implementadas por la compañía.”


De esta forma, reiteró que “la operación conjunta de plantas de almacenamiento -que fue objeto de análisis por parte de la FNE- no genera riesgos de libre competencia y se trata de un modelo eficiente, que evita duplicar infraestructura, reduce los impactos medioambientales y, sobre todo, permite asegurar el suministro energético del país. Como hemos señalado anteriormente, estas operaciones son habituales en distintos mercados a nivel internacional por la optimización de costos y necesidad de minimizar los riesgos y efectos en el medioambiente.”


Concluyó afirmando que “Copec seguirá trabajando día a día para potenciar el desarrollo y movimiento de las personas, las empresas y el país, con un suministro seguro y confiable, y con el compromiso de servicio, excelencia y calidad que la ha caracterizado por más de 87 años.”


Enex

Por su parte, Enex subrayó que la FNE “ha señalado expresamente que no atribuye conducta ni responsabilidad anticompetitiva a Copec, Enex ni a Esmax y, tras más de seis años de investigación activa, no ha detectado transgresiones a la libre competencia.”


Así, apuntó que “la propiedad y operación conjunta de plantas de almacenamiento de combustibles es una práctica mundial que incrementa la eficiencia de éstas, beneficiando tanto a empresas como a consumidores. Este sistema funciona en Chile desde 1944, lo que ha permitido un suministro eficiente, seguro y necesario para el desarrollo de las distintas regiones del país.”


Enex reiteró “su apego irrestricto al cumplimiento de las normas de libre competencia y está dispuesto a entregar toda la información que se requiera para verificarlo, tal como lo ha hecho durante los últimos cinco años, si así lo estima conveniente la autoridad.”


europapress