Aprueban aumento de capital de Fondo de Inversión Link – Inmobiliario I

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Link Capital Partners Administradora General de Fondos S.A. comunicó que ayer se celebró una Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo de Inversión Link – Inmobiliario I, en la que se acordó Modificar el texto vigente del reglamento interno del Fondo, en el sentido de modificar el Título VI: Series de cuotas, remuneraciones, comisiones y gastos, número Uno, para crear una nueva serie de cuotas, denominada Serie L; modificar el Título VI: Series de cuotas, remuneraciones, comisiones y gastos, número Dos, subsección 2.1, para establecer la remuneración fija aplicable a la nueva serie L; y  modificar el Anexo A, que contiene la tabla de cálculo para el ajuste de las remuneraciones según la variación que experimente el IVA, para incorporar la nueva serie L. 


Las modificaciones introducidas al reglamento interno del Fondo comenzarán a regir al décimo día hábil siguiente al depósito de su texto refundido en el Registro Público de Depósito de Reglamentos Internos de la Comisión para el Mercado Financiero.


La Asamblea aprobó además, un aumento de capital del Fondo, mediante la emisión de 177.324 cuotas de la Serie L recién creada, todas ellas a ser colocadas en una o más parcialidades al precio de colocación de 0,7402 Unidades de Fomento y cuyo plazo de colocación vence el 9 de diciembre de 2026. 


Se facultó expresamente a la administradora para ajustar el número final de cuotas de la Serie L indicado anteriormente, en tanto ello no signifique un aumento en el número total de cuotas emitidas en la Asamblea. En caso de no colocarse la totalidad de las cuotas y vencido el plazo de colocación, las cuotas del Fondo quedarán reducidas a aquellas efectivamente suscritas y pagadas.  La colocación no se sujetará a condición alguna. 


Se acordó, además, por la unanimidad de las cuotas presentes, que la emisión y suscripción de las 177.324 nuevas cuotas del Fondo se lleve a cabo sin derecho preferente de suscripción, en virtud de lo cual no habrá un período de suscripción preferente, todo ello de conformidad al inciso 2° del artículo 36 de la Ley N° 20.712 y al Número UNO del Título X del reglamento interno del Fondo. 



europapress