El próximo 30 de julio de 2026 quedará grabado en la historia judicial de Chile. Ese día, la formalización de altos ejecutivos y directores vinculados a Sartor Administradora General de Fondos (AGF) marcará el debut mediático y a gran escala de la nueva Ley de Delitos Económicos (Ley N° 21.595).
Lo que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) desmanteló a fines de 2024 no fue un mero bache financiero, sino un "modelo de negocios" sistemático. Según el regulador, la firma presumiblemente habría desviado millonarios recursos para financiar de manera cruzada a empresas e inversiones de sus propios controladores, configurando el mayor escándalo de abuso fiduciario detectado en el mercado local en los últimos años, lo que ha motivado una investigación criminal por los presuntos delitos estafa, administración desleal, negociación incompatible y entrega de información falsa al mercado.
Una de las principales alegaciones en sede judicial no será de carácter estrictamente financiero, sino dogmático. La defensa de los imputados seguramente instará por la aplicación del estatuto jurídico antiguo, por ende, más favorable, dado que, el presunto esquema defraudatorio y los primeros movimientos cuestionados se remontarían al año 2020, por lo que los abogados argumentarán que sus representados no pueden ser juzgados bajo el severo estándar de la Ley N° 21.595, promulgada y publicada con posterioridad.
Por su parte, el Ministerio Público se aferrará a la tesis que, las presuntas conductas delictivas se vienen desplegando de manera permanente en el tiempo, con motivo de las sucesivas renovaciones de créditos ilícitos, las maniobras de ocultamiento e incluso las falsificaciones documentales, todos hechos que se habrían extendido hasta la actualidad, período en el cual la nueva normativa penal ya se encontraba plenamente vigente.
Si la eventual posición de la fiscalía prevalece, las reglas del juego para la élite empresarial habrán cambiado para siempre por tres razones fundamentales:
Cárcel efectiva: La nueva normativa restringe drásticamente las penas sustitutivas para los delitos de cuello y corbata. El fantasma de cumplir condenas tras las rejas es hoy una posibilidad real, terminando con la era de las cuestionadas "clases de ética" o reclusiones domiciliarias privilegiadas.
Responsabilidad penal de la persona jurídica: Las empresas ya no responden sólo por un puñado de delitos aislados, sino por un catálogo expandido de más de 200 tipos penales, con severas penas para el ente moral, las que pueden llegar incluso a su disolución.
El estándar del "Gobierno Corporativo": El caso Sartor desnudó al parecer firmas de actas en la vía pública sobre el capó de un auto y directores que aducen "ignorar" el origen de los fondos. Bajo el nuevo marco normativo, alegar ignorancia deliberada o falta de pericia ya no exime de responsabilidad corporativa. Esto obliga a los tribunales a evaluar si Sartor AGF contaba con un Modelo de Prevención de Delitos efectivo y no meramente formal, a además de ser necesario determinar si, la ignorancia alegada por algunos directores respecto del origen de ciertos fondos, o la firma de documentos societarios en circunstancias tan insólitas, resultan compatibles con el estándar de diligencia que hoy exige la ley. El mensaje de fondo que dejará este proceso judicial a los directorios del país es que la delegación de funciones y la confianza personal en el controlador ya no bastan como defensa, siendo exigible una efectiva trazabilidad, control de accesos a la información crítica y supervisión efectiva permanente.
Adicionalmente se pueden advertir efectos colaterales de esta investigación penal, en direcciones altamente complejas. En lo financiero, el evidente daño reputacional acerca de la existencia de Sartor AGF y las elevadas multas de la CMF, sentándose un precedente drástico, en el sentido que, aparentemente el mercado ya no tolera que el dinero de terceros sea utilizado como caja chica o salvavidas de proyectos privados.
Por otra parte, la onda expansiva golpea de lleno al fútbol profesional chileno, con motivo de rol de un empresario cuestionado en esta investigación y las triangulaciones financieras utilizadas a través de fondos de Sartor para adquirir el control de Azul Azul.
El caso Sartor es mucho más que la caída de una gestora de fondos polémica, constituye el “examen de grado” de la institucionalidad jurídica chilena frente a los abusos de la criminalidad económica, en ocasiones olvidada, siendo un hecho futuro e incierto lo que resuelvan los tribunales de justicia, en el sentido de determinar con pleno respeto de las garantías fundamentales de los imputados, si la Ley de Delitos Económicos termina siendo o no, la herramienta implacable que prometió ser, o bien si las grietas del pasado siguen vigentes para proteger a los sofisticados y privilegiados de siempre.
Pablo Larredonda Alcayaga
Abogado penalista
Molina Matta & Asociados