El Parlamento Europeo ha dado este miércoles su aprobación definitiva a las nuevas normas para regular técnicas genómicas en plantas, es decir, métodos que permiten modificar de forma precisa su ADN para obtener variedades más resistentes y adaptadas a condiciones como la sequía, las inundaciones, resistencia a enfermedades o una mejora de la productividad.
Según explica la Eurocámara, la nueva regulación supone un cambio de enfoque en la forma de evaluar estos cultivos, ya que las plantas se clasificarán en función de sus características genéticas finales y no del método empleado para obtenerlas.
Entre los ejemplos de cultivos desarrollados mediante estas técnicas que ya están disponibles o se encuentran en una fase avanzada de desarrollo fuera de la Unión figuran variedades de trigo con bajo contenido en gluten, patatas resistentes a determinadas plagas o maíz adaptado a condiciones de sequía, tal y como recoge la Eurocámara.
En la práctica, la nueva normativa distingue entre dos tipos de plantas. La primera engloba aquellas con modificaciones genéticas limitadas y comparables a las obtenidas mediante mejora vegetal convencional serán tratadas como variedades tradicionales una vez verificadas por las autoridades competentes.
Esto implica --explica el Parlamento-- que podrán comercializarse sin quedar sujetas a la normativa sobre organismos modificados genéticamente, aunque quedarán excluidas de este régimen las plantas diseñadas para tolerar herbicidas o producir sustancias insecticidas.
La segunda categoría abarca, por su parte, las plantas con modificaciones genéticas más complejas, que continuarán sometidas a la legislación vigente sobre organismos modificados genéticamente (OMG), lo que significa que deberán superar una evaluación de riesgos, obtener una autorización previa para su comercialización y cumplir requisitos específicos de trazabilidad y etiquetado. Además, los Estados miembro podrán decidir si permiten o no su cultivo en su territorio.
En cuanto a la información disponible sobre estas variedades, la norma establece que las plantas incluidas en la primera categoría deberán figurar en una base de datos pública de la Unión Europea. Además, las semillas y el material de reproducción vegetal tendrán que estar debidamente identificados, con el fin de que agricultores y operadores conozcan su origen y características.
El reglamento incorpora también un mecanismo de seguimiento para evaluar el impacto que la utilización de estas técnicas pueda tener en términos de sostenibilidad, especialmente en aspectos relacionados con la resistencia de los cultivos a las condiciones climáticas adversas, las enfermedades y la reducción del uso de productos fitosanitarios.
PRODUCCIÓN ECOLÓGICA Y PATENTES
Las nuevas técnicas genómicas no podrán emplearse, en cualquier caso, en la producción ecológica, aunque, según precisa la Eurocámara, la presencia técnicamente inevitable de plantas pertenecientes a la primera categoría no se considerará un incumplimiento de la normativa que regula este tipo de producción.
En materia de propiedad intelectual, el reglamento permite patentar las nuevas técnicas genómicas, aunque excluye expresamente aquellos rasgos o secuencias genéticas que existan de forma natural o que puedan obtenerse mediante procesos biológicos convencionales.
Asimismo, el texto incorpora salvaguardias destinadas a evitar una excesiva concentración del mercado y preservar el acceso de los agricultores a estas tecnologías, incluido el derecho a conservar y reutilizar semillas en las condiciones previstas por la legislación europea.
El reglamento entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la UE, aunque su aplicación se producirá tras un periodo transitorio de dos años, por lo que se prevé que las nuevas reglas empiecen a aplicarse a partir de 2028.