El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a tres funcionarios de la Dirección de Vialidad a la época de los hechos, junto a un particular, por su responsabilidad en los delitos de negociación incompatible, soborno y lavado de activos. Ilícitos perpetrados en 2022 y 2023, en el marco de la causa conocida como “caso Vialidad”.
En fallo unánime (causa rol 248-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Sergio Álvarez Cáceres (presidente), Jairo Martínez Cuadra (redactor) y Sara Pizarro Grandón– condenó a G.E.L.F. a dos penas de 61 días de presidio, sustituidas por la remisión condicional por el término de un año, más la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas y el pago de dos multas de $1.2000.000, en calidad de autor de dos delitos recalificados de negociación incompatible. Ilícitos cometidos en 2022 y 2023, en la comuna.
En tanto, el tribunal condenó al acusado C.A.D.H. a dos penas de 61 días de presidio, sustituidas por la remisión condicional por el plazo de un año, accesorias legales y el pago de multas por $1.000.000 y $1.2000.000 respectivamente, en calidad de autor de los delitos consumados de soborno (recalificado) y lavado de activos, cometidos en 2022, en la ciudad de Arica.
En el caso de la acusada L.R.M.H., el tribunal le impuso 61 días de presidio, sustituida por la remisión condicional por el plazo de un año, más la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 12 UTM, como autora del delito consumado de negociación incompatible, perpetrado en Arica, en 2022.
Finalmente, A.M.A.A. fue condenado a la pena de 61 días de presidio, más las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la suspensión para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en empresas que contraten con órganos o empresas del Estado, con empresas o asociaciones en que el Estado tenga una participación mayoritaria o en empresas que participen en concesiones otorgadas por el Estado o cuyo objeto sea la provisión de servicios de utilidad pública, por el término de dos años; más el pago de una multa de $1.200.000, como autor del delito recalificado de cohecho consumado, perpetrado en Arica, en 2022. Pena y multa que se tienen por cumplidas, por el mayor tiempo que permaneció privado de libertad.
En el caso de G.E.L.F. el tribunal decretó su absolución por falta de acreditación en los delitos de fraude al fisco (2), lavado de activos (2) y cohecho; de C.A.D.H. de la acusación que le atribuía responsabilidad en tres delitos de fraude al fisco, cinco delitos de soborno y dos delitos de lavado de activos.
En tanto, LRMH resultó absuelta de los delitos de fraude al fisco y soborno.
Absolución con condena en costas en partes iguales a los persecutores, que favoreció a las acusadas O.R.G.R. y R.A.Z.R., como autoras de lavado de activos; y de A.D.N.C., como autor del delito de cohecho.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en el marco de una investigación del Ministerio Público junto a la Brigada de Delitos Económicos de la PDI, se estableció que los acusados que en esa época cumplían cargos públicos en la Dirección de Vialidad, en su calidad de fiscalizadores de obras y contratos, favorecieron a empresas constructoras que ejecutaban trabajos en Arica, a cambio de pagos en dinero.