La disputa de los Orrego

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AMERICO IBARRA (3)

La modernización del Estado y la descentralización constituyen dos procesos fundamentales que inciden directamente en el desarrollo y la eficiencia de la administración pública. La modernización implica la actualización y mejora de las estructuras y procesos estatales, adecuándolos a los desafíos contemporáneos y, en este marco, la descentralización se convierte en un mecanismo clave para promover un desarrollo más equitativo y cercano a los ciudadanos.


En este contexto, el papel del Gobernador Regional cobra especial relevancia. Según lo estipulado en la Ley 21.074, el Gobernador tiene la responsabilidad de garantizar una administración superior en cada región del país, con el objetivo primordial de fomentar el desarrollo social, cultural y económico dentro de su jurisdicción. Esta figura se encuentra ante el desafío de asegurar un crecimiento armónico y equitativo en todos los aspectos de la vida regional, lo que abarca no solo el ámbito económico, sino también el social y cultural.


La normativa actual coloca al Gobernador en el desafío de coordinar acciones interministeriales a nivel regional, estando limitado su quehacer a las competencias entregadas al delegado Presidencial y de los jefes de Servicios Regionales. En consecuencia, cobra importancia la capacidad de negociación del Gobernador, frente a los consejeros regionales, alcaldes y autoridades del gobierno central que le permita obtener financiamiento impulsar la estrategia y acciones de su programa de gobierno.


Un aspecto central en este contexto es la Ley de Presupuestos 2024, que estableció para los gobiernos regionales una estructura de gastos de los cuales el 92,2% se destinaba a la inversión de capital. Sin embargo, esta ley restringe el uso de las transferencias de capital para financiación de gastos de personal, bienes o servicios de consumo, permitiendo, en cambio, destinar hasta un 5% de las transferencias a la administración de las iniciativas. Esta normativa no sólo otorgó mayor flexibilidad en la ejecución de proyectos, sino que también amplió la discrecionalidad en el uso de los fondos, permitiendo una mejor adaptación a las necesidades regionales.


Además, la glosa 03 de la Ley de Presupuestos, que reguló la oferta programática de los Gobiernos Regionales, estableció un sistema de evaluación y monitoreo encabezado por MIDESO y DIPRES, con la excepción de ciertos programas en ejecución, que acelera el proceso de ejecución de recursos y permite que múltiples actores, incluidos organismos del sector privado y municipalidades, participen en la implementación de proyectos. Esta ampliación de la oferta programática va más allá de las atribuciones conferidas en la Ley 21.074, permitiendo la ejecución de iniciativas en áreas tan diversas como salud, medio ambiente, energía y telecomunicaciones, entre otras.


Esta evolución en el rol de los Gobiernos Regionales, que ahora cuentan con un papel más activo en la formulación y ejecución de políticas públicas, representa un cambio significativo respecto a su función tradicional, en la que eran meramente entidades financieras para proyectos. Sin embargo, este nuevo contexto también plantea desafíos importantes en términos de monitoreo y control, a fin de garantizar una adecuada utilización de los recursos públicos.


Américo Ibarra Lara

Director Observatorio en Política Pública del Territorio

Facultad de Arquitectura y Ambiente Construido

Universidad de Santiago de Chile

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