100 años del impuesto a la renta

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Septiembre es el mes de la Patria y la Historia nos llama a recordar y repasar distintos pasajes de nuestro pasado como nación. Es por este motivo que me permito destacar que en este año 2024, se conmemoran los 100 años de la primera ley sobre impuesto a la renta de nuestro país, pues fue el 2 de enero de 1924 cuando se publicó la Ley 3.996 que introdujo este tributario en nuestra legislación.


Sin embargo, esa fecha solo es referencial porque en rigor, el cuerpo legal tuvo efectos a contar del año siguiente a través del Decreto de Hacienda 1.296 del 10 de junio de 1925 que refundió varios cuerpos legales vinculado a la tributación, como la Ley 3.091 de 1916 que establecía el impuesto territorial o la Ley 3.930 de 1923 que autorizaba por 18 meses el cobro especial de contribuciones. Sin perjuicio de aquello, podemos convenir en la Ley 3.996 el inicio del derrotero tributario de nuestro país, en materia de la tributación de la renta.


Esa pretérita ley tenía seis categorías. La primera, afectaba a la explotación de bienes raíces; la segunda, los capitales mobiliarios; la tercera, los beneficios de la industria y el comercio; la cuarta, los beneficios o rentas de la explotación minera o metalurgia; la quinta, los sueldos públicos y privados, pensiones y montepíos; y la sexta, las rentas de profesionales y de toda otra ocupación.


Habían tasas diferencias que afectaba los distintos y diversos hechos económicos que cada categoría contenía, siendo el 9% la tasa más alta y afectaba a la explotación de bienes raíces.


También tenía disposiciones de las multas e infracciones, hecho evidente y justificable dado que aún no teníamos un código tributario.


También había mención a un incipiente impuesto adicional.

Nada comparado con la sofisticada y compleja Ley sobre Impuestos a la Renta que tenemos vigente en nuestros días, la cual consta con dos categorías para el Impuesto a la Renta: la primera para las rentas del capital y la segunda para las del trabajo. También están los impuestos finales, Impuesto Global Complementario y el Impuesto Adicional; contamos con una específica y completa tributación para las rentas de fuentes extranjeras y tenemos disposiciones de precios de transferencia, así también contamos con un título especial para el mercado de capitales.


Las rentas del trabajo tienen un impuesto específico y el Impuesto Global Complementario (que también nació con la ley 3.996) tiene, ahora, el carácter de “global”, afectando a todas las rentas que perciban las personas naturales.


El Chile que recibió la Ley 3.966 es distinto al que ahora tenemos. En 1924 la población era de 3,8 millones de personas, en 2024 se estima que somos 20 millones; El PIB de 1924 ascendía a 7,4 mil millones de dólares (cifras no oficiales, pues son mis cálculos un tanto rudimentarios) y en 2024 tenemos aproximadamente 300 mil millones de dólares. En 1924 el nivel de analfabetismo era del 36,7%, en cambio ahora es del 2,84%.


¿Podemos pensar que la legislación tributaria ha contribuido en estos 100 años a mejorar los niveles económicos del país? La respuesta es totalmente válida pues la doctrina económica establece al sistema tributario como una herramienta de la política fiscal a través de la cual la autoridad estatal influye en el crecimiento y desarrollo del país.


Obviamente, la respuesta no es posible concebirla en una columna semanal, pues hay muchos factores a considerar, por ejemplo, la evolución que la legislación tributaria ha tenido. Pensemos que la tasa máxima que tenía la Ley 3.996 era del 9%, pero en 1991 la tasa máxima del Impuesto Global Complementario era del 50%. Para qué decir de los cambios que hemos experimentado desde el año 2001 cuando comenzaron las seguidillas reformas tributarias que iniciaron el incremento de las tasas del impuesto a la renta que afecta a las empresas con el claro objetivo de generar “redistribución” de la renta, aumentando desde el 15% hasta el actual 27%.


Es una respuesta abierta y que dejo para que cada lector saque sus conclusiones para ver reflexionar cómo ha contribuido la tributación de la renta, en estos 100 años ya transcurridos y qué nos deparan los próximos 100 años.


Prof. Germán R. Pinto Perry

Director Programas de Especialización Tributaria

Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC

Integrante de FESIT

Universidad de Santiago

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