​TDLC aprueba acuerdo conciliatorio firmado entre la FNE y CCU que favorece la competencia en el mercado de la cerveza

|

CCU (4)

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el viernes un acuerdo conciliatorio suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Compañía Cervecerías Unidas (CCU), que pone término al requerimiento presentado por la Fiscalía en agosto del año pasado contra esta empresa por incumplir compromisos adquiridos en un avenimiento firmado el 2008 para proteger la libre competencia en el mercado de la cerveza.


En el acuerdo, la empresa se compromete a pagar 3.000 Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a más de US$ 2,4 millones) a beneficio fiscal y asume una serie de obligaciones que tienen por objeto eliminar restricciones a la venta y exhibición de cerveza de terceros competidores de CCU en establecimientos comerciales pertenecientes al canal denominado on premise, on trade o de consumo inmediato, en el cual CCU posee una participación de mercado de aproximadamente 90% de las ventas medidas en volumen.


En su resolución, el TDLC destacó que la FNE cuenta con legitimidad procesal para celebrar un acuerdo conciliatorio, representando el interés de la sociedad en la tutela de la libre competencia, y decidió aprobar la conciliación, resolviendo que “las Bases de Conciliación ofrecidas no atentan contra la libre competencia, en conformidad con el artículo 22 del D.L N° 211”.


Entre los compromisos asumidos por CCU para abrir este segmento a terceros, se incluye que, cuando entregue máquinas schoperas a los restaurantes, bares o pubs que tengan entre cuatro y siete salidas de cerveza, deberá garantizar el uso de una de estas salidas de cerveza por un proveedor que tenga menos de 5% de participación de mercado a nivel nacional en el canal de consumo inmediato. En aquellos casos en que las máquinas schoperas tengan ocho o más salidas de cerveza, CCU deberá garantizar el uso de dos salidas.


Así también, en el caso de los equipos de refrigeración o cooler que la empresa proporciona a los establecimientos, el acuerdo la obliga a disponer su bandeja inferior para que los locatarios almacenen productos de un proveedor que tenga menos de 5% de participación de mercado a nivel nacional en el canal de consumo inmediato, siempre que este espacio corresponda al menos a 20% de la capacidad de la máquina.


Por otra parte, CCU se compromete a definir los aportes o pagos efectuados a los restaurantes, bares o pubs por concepto de exclusividad publicitaria de cervezas en base a criterios objetivos, generales y que no sean arbitrariamente discriminatorios, de manera que, en los hechos, tales aportes o pagos no impidan, restrinjan o entorpezcan la venta de cerveza de terceros competidores de CCU en el canal de consumo inmediato.


Adicionalmente, CCU se obliga a complementar y perfeccionar su programa de cumplimiento en materia de libre competencia según las directrices contenidas en la Guía sobre Programas de Cumplimiento de la FNE.


El acuerdo aprobado contempla, asimismo, la designación de un supervisor de cumplimiento imparcial e independiente, que responderá exclusivamente a la FNE y que deberá reportar periódicamente durante 5 años el cumplimiento por parte de la compañía de las obligaciones impuestas tanto en el avenimiento del 2008 como en el acuerdo conciliatorio.


“Hemos alcanzado un acuerdo robusto que satisface de manera integral nuestras preocupaciones, reflejadas en las peticiones formuladas en el requerimiento presentado al TDLC. Mediante los compromisos asumidos por CCU para eliminar las restricciones que actualmente existen, se favorece la competencia en el mercado al abrirse espacios para que cerveceros artesanales puedan comercializar sus productos en restaurantes, bares y pubs. La FNE fiscalizará atentamente su cumplimiento efectivo y oportuno”, afirmó el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg.


Origen del caso

La investigación que dio origen al requerimiento presentado por la FNE contra CCU comenzó en 2019 y en ella la FNE constató que, aunque los contratos suscritos con restaurantes, bares y pubs formalmente se ajustaban en su redacción a los términos autorizados por el avenimiento del año 2008, en los hechos la libertad de comercialización de cervezas distintas a CCU estaba coartada y delimitada por los actos ejecutados por la propia compañía.


En este contexto, la FNE solicitó al TDLC una serie de medidas para que, entre otros aspectos, actores de menor tamaño puedan tener presencia competitiva en el segmento de consumo inmediato, además de mantener los compromisos suscritos el 2008, todo lo cual queda garantizado por el acuerdo conciliatorio aprobado.


europapress