La Fiscalía imputó a las requeridas haber infringido el artículo 3° incisos primero y segundo letra d) del D.L. N° 211, al participar simultáneamente Juan José Hurtado Vicuña en cargos de director en ambas empresas requeridas, que serían competidoras entre sí —interlocking—, en la prestación de servicios de intermediación de valores y otros servicios prestados por corredoras de bolsa.
"El verdadero interés del grupo peruano es poder sacar ventaja de este proceso en su favor", indicó la compañía.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó hoy a la Corte Suprema que confirme la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en febrero de este año, que condenó a TWDC Enterprises 18 Corp., perteneciente al Grupo Disney (Disney), al pago de 3.000 UTA (más de US$2,4 millones) por la infracción de entrega de información falsa al Notificar su operación de concentración con 21 Century Fox (Fox) durante el año 2018.
Trámite en Tribunal de Defensa de la Libre Competencia busca fomentar la competencia entre operadores nacionales e internacionales con miras al desarrollo portuario.
En el acuerdo suscrito, Manfred Paulmann, Cencosud y Asesorías Alpa reconocen la participación simultánea de Paulmann como director en Cencosud y como ejecutivo relevante en Asesorías Alpa, desde julio de 2021 hasta la actualidad.
El gremio alerta riesgo de concentración para la industria por nueva licitación anunciada por el concesionario Nueva Pudahuel.
En la audiencia pública realizada ante el TDLC para revisar la solicitud, el abogado de la División Antimonopolios de la FNE, Sebastián López, señaló que existen claras evidencias de que dichos servicios se brindan con características monopólicas, por lo cual se justifica establecer tarifas reguladas bajo el modelo de empresa eficiente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 6° del Decreto Ley 211 que fija las normas para la defensa de la libre competencia.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) no divulgar información sobre los precios de reserva y sobre las ofertas recibidas en el marco de las licitaciones realizadas por el sistema de gestión de envases y embalajes ReSimple.
La sentencia, notificada este miércoles, indica que “el Tribunal llegó a la convicción de que las tres prácticas analizadas no son consistentes con distintas eficiencias argumentadas por CDF y que, en la situación presente, con claridad desde julio de 2017, sí lo son con un abuso de la posición dominante que tiene CDF en la transmisión en vivo del CNFP”.
“Los desafíos que tenemos al frente son grandes, desde cuestiones jurídicas y económicas, como la determinación del alcance de los nuevos ilícitos, hasta aspectos procedimentales cuya relevancia muchas veces se olvida, pero que son indispensables para la correcta administración de justicia”, señaló Nicolás Rojas Covarrubias, presidente del Tribunal.
Ambas compañías son socias del gremio.
La Corporación de la Producción y del Comercio (CPC) se refirió al requerimiento que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por colusión entre las transnacionales Indura y Linde en el mercado de gases industriales y medicinales.
En su acusación, la FNE señala que ambas firmas acordaron asignarse zonas o cuotas de mercado, definiendo no competir entre sí por los clientes que cada una ya abastecía.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) informó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que la divulgación de las ofertas económicas presentadas y del precio de reserva en las licitaciones convocadas en el contexto de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) puede incrementar los riesgos coordinados dentro de los procesos licitatorios.
Los interesados podrán postular y/o realizar consultas sobre el proceso a través de la Plataforma Digital dispuesta para estos efectos por el Banco, disponible en: https://postulaciontdlc.bcentral.cl/
La FNE señaló que existen elementos de las actuales bases de licitación pública para concesionar los almacenes del duty free del aeropuerto de Santiago que restringirían injustificadamente la competencia en el proceso licitatorio o ex post, durante la vigencia de la concesión.
Con esto, se pone término al requerimiento presentado por la Fiscalía en agosto del año pasado contra esta empresa por incumplir compromisos adquiridos en un avenimiento firmado el 2008 para proteger la libre competencia en el mercado de la cerveza.
Este acuerdo pone fin a una investigación iniciada en 2020 por la Fiscalía, en la cual constató que entre mayo del 2017 y julio del 2020 ambas compañías operaron de manera conjunta en relación con diversos aspectos comerciales, repartiéndose clientes, uniformando condiciones y llegando a tener una misma administración y gestión contable.
a Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que apruebe los acuerdos extrajudiciales suscritos con las plataformas de reparto Uber Eats, PedidosYa y Rappi para poner término a una investigación realizada por la FNE sobre cláusulas suscritas entre estas compañías y restaurantes que podrían afectar la libre competencia.