​FNE pidió al TDLC que apruebe acuerdos extrajudiciales con Uber Eats, PedidosYa y Rappi por restricciones en contratos con restaurantes

|

FNE TDLC .web (1)

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que apruebe los acuerdos extrajudiciales suscritos con las plataformas de reparto Uber Eats, PedidosYa y Rappi para poner término a una investigación realizada por la FNE sobre cláusulas suscritas entre estas compañías y restaurantes que podrían afectar la libre competencia.


En la audiencia pública realizada ayer el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, señaló que los acuerdos suscritos cautelan la libre competencia en el mercado de plataformas digitales de compra y entrega de productos de restaurantes y destacó la importancia de los acuerdos extrajudiciales para resolver problemas de competencia, sobre todo en mercados dinámicos como el investigado en este caso.


“Se trata de una herramienta eficiente para resolver oportunamente problemas de competencia que son detectados por la FNE en sus investigaciones y, dada la naturaleza de la conducta de estos autos, tomarse los tiempos propios de los procedimientos jurisdiccionales puede implicar que las soluciones que adopte la institucionalidad de libre competencia queden desactualizadas”, afirmó el Fiscal.


El Fiscal explicó que, en su investigación, la FNE constató la existencia de dos tipos de restricciones verticales en los términos y condiciones de las plataformas y en los contratos comerciales celebrados con los restaurantes. Ellas son las cláusulas de nación más favorecida, presentes en las tres plataformas, y que impedían o restringían a los restaurantes ofrecer precios más bajos en otras aplicaciones o en sus propios canales de distribución; y las cláusulas de exclusividad o semi-exclusividad, que limitaban la presencia de los locales en determinadas plataformas.


Con respecto a las cláusulas de nación más favorecida, el Fiscal señaló al TDLC que presentan diversos riesgos a la competencia, destacando la limitación de la competencia entre plataformas en las comisiones que cobran a los restaurantes, ya que una plataforma no tendría incentivos en ofrecer una comisión más baja si no se traduce en precios más bajos y, por tanto, en mayor demanda de clientes hacia ella. Asimismo, al limitar el desarrollo de distintas estrategias de precios por parte de los restaurantes, estas cláusulas conllevan potenciales aumentos de precios en perjuicio de los consumidores.


En los acuerdos extrajudiciales, Uber Eats, PedidosYa y Rappi se comprometieron a eliminar o modificar las cláusulas de nación más favorecida, así como otro tipo de cláusulas o condiciones comerciales que limiten la posibilidad de ofrecer los productos a precios más bajos en otras plataformas o en canales propios. Además, se obligaron a no incorporar estas cláusulas a futuro y a informar a los restaurantes que pueden fijar sus precios libremente. Estos compromisos tendrán una duración mínima de 3 años, tras la cual las plataformas podrán exponer la necesidad de revisar o eliminar los compromisos a la FNE o al TDLC en virtud de la existencia de nuevos antecedentes.


En cuanto a las cláusulas de exclusividad y semi-exclusividad, expresó que, aunque tienen un alcance limitado en el mercado nacional (alcanzando a aproximadamente el 15% de las ventas totales), su proliferación podría excluir a actores del mercado o limitar su crecimiento, por lo que la Fiscalía continuará supervisándolas en el futuro.


Para una fiscalización eficiente, PedidosYa y Rappi asumieron compromisos de reporte periódico de las cláusulas de exclusividad y semi-exclusividad, no así Uber Eats. Sin perjuicio de lo anterior, el Fiscal señaló que la FNE “seguirá utilizando las herramientas que le franquea la ley para seguir velando por la libre competencia en este mercado”.


europapress