Retiros de fondos: casi tres millones de personas agotaron sus ahorros previsionales

|

A1


De acuerdo con los datos reportados por las administradoras de fondos de pensiones (AFP), hasta el pasado viernes 26 de febrero se habían pagado por ambos retiros de ahorros previsionales la suma de US$ 35.278 millones.

Según el balance de la Superintendencia de Pensiones, por el primer retiro, los montos movilizados ascienden a US$ 20.270 millones, con un pago promedio por persona de $ 1.385.703.

Por el segundo proceso, a la misma fecha, los pagos alcanzan los US$ 15.008 millones y la suma recibida en promedio por afiliado o beneficiario es de $ 1.466.165.

Cabe destacar que al 19 de febrero, las personas que habían quedado sin saldo en sus cuentas de capitalización individual obligatoria alcanzan los 2.912.971.

stado de pagos de liquidaciones por deudas de alimentos

Hasta el pasado 26 de febrero, los tribunales de familia habían autorizado a las AFP el pago de 234.006 liquidaciones por deudas de alimentos, de las cuales 169.656 se encuentran pagadas, lo que equivale al 72,5%.

Por otra parte, las AFP han reportado que por liquidaciones de deudas de pensiones de alimentos ya han desembolsado un total de US$ 274,1 millones, con un monto promedio por liquidación judicial de $ 1.143.913.

La Ley N° 21.295 que autorizó el segundo retiro de fondos también contempla la posibilidad de que las y los demandantes de pensión de alimentos pidan a los tribunales de familia que les autoricen a presentar directamente la solicitud de retiro de fondos desde las cuentas de

los afiliados demandados. Esta autorización se denomina subrogación y se solicita sólo en tribunales, es autorizada por éstos y no por las administradoras de fondos de pensiones.


¿Qué es la subrogación?

El pago por subrogación es un derecho que la ley otorga a la o el demandante de pensión de alimentos para que realice directamente la solicitud de retiro de fondos previsionales desde la cuenta de capitalización individual obligatoria del demandado. El o la demandante pueden solicitar a través de la subrogación el monto de los retiros 1 y 2 autorizados y hasta el pago de la totalidad de la deuda de alimentos.


¿Dónde se solicita?

Es una gestión judicial que se debe realizar ante el tribunal de familia en que se tramita la causa de pensión de alimentos. Dicho tribunal deberá emitir una resolución autorizando el pago por subrogación, liquidando la deuda alimenticia y los datos de cuentas de la o el demandante de alimentos, para luego notificar a la AFP y que ésta proceda al pago.


¿Cuál es el plazo de pago?

La administradora tiene como plazo para pagar los fondos retenidos por deudas alimentarias los siguientes 10 días hábiles desde que vence el plazo que tiene el demandado para oponerse a la liquidación dispuesta por el tribunal o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre el tema se encuentre firme y ejecutoriada.

europapress