¿Defensoría? Del Contribuyente

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Germu00e1n Pinto (columnista)


Uno de los diversos aspectos que tiene el proyecto de modernización tributaria que está siendo debatida en el Congreso es la creación de la “Defensoría del Contribuyente” que tiene por objeto velar por la protección de los derechos de los contribuyentes que hayan sido vulnerados por la acción del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Esta nueva repartición pública que también se conocerá como “DEDECON tiene por misión el velar por los derechos de los contribuyentes, pero en especial por los de micro, pequeñas y medianas empresas, dejando fuera a las grandes, aspecto de evidente dirección, pues se quiere ayudar a aquellas personas que no pueden entablar un juico con el SII.

Lo que más me llama la atención de este nuevo actor estatal, que incrementará el gasto del aparato fiscal, es que tiene por misión proteger a los particulares de la acción del Estado, personificado en el SII, dando a entender que es una “necesidad pública” la protección de contribuyentes afectados por la acción de este organismo público, en circunstancia que es una de las instituciones públicas más eficientes y premiadas. Creo que la incorporación de esto en el proyecto de “Modernización Tributaria” es otra incorporación de normas exógenas a nuestra realidad que vienen sugeridas o impuestas por nuestra participación en la OCDE.

Leyendo la disposición que crea este DEDECON puedo apreciar que toda su acción estará encaminada a velar, es decir, “observa atentamente” el comportamiento del SII, para evitar abusos y vulneración de derechos, como si esto fuera una situación reiterada y evidente en la acción del organismo fiscalizador, amén del hecho que estará concentrada en los pyme, siendo éstos el centro de su preocupación, pues los grandes contribuyentes tendrán recursos para acceder a las instancias judiciales que nuestro país ofrece para evitar los abusos y el resguardo del Estado de Derecho, siendo esta protección un dádiva que solo se concede a quienes tienen recursos. Si esto es así, es decir, es una realidad evidente, el legislador estaría asumiendo que en Chile no hay igualdad al acceso de la protección legal.

Analizando las funciones y atribuciones, puedo apreciar que se consideran como actividades propias del DEDECON la orientación, queja y mediación. La orientación la considero adecuada, pero innecesaria pues el mismo SII tiene toda una plataforma educativa en su página web y organismos que están abiertas a ofrecer explicación y capacitación a los contribuyentes.

La queja se aplica cuando el DEDECON recibe un reclamo de un contribuyente cuyos derechos han sido vulnerados, realizando una investigación que solo termina en una llamada de atención, pero no en una acción ejecutiva que termine definitivamente con el daño o que establezca la veracidad de tal situación.

La mediación es una función distinta, pues la DEDECON pasa a ser el puente a través del cual la partes, el Estado de Chile y el contribuyente, se vinculan para lograr un punto intermedio entre posiciones antagónicas. Lo malo de esto es que el Director Regional podrá asignar a un abogado para participar en la mediación, no asegurando que el contribuyente tenga tal patrocinio.

Es mi opinión que la creación del DEDECON es algo innecesario para la realidad de nuestro país y en la ponderación de la acción del SII, máxime cuando el actual Director Nacional fue ratificado en su puesto por el actual Gobierno. Por otro lado, el gastar recursos fiscales para dar nacimiento a una estructura que no queda claro si tendrá cobertura nacional, es un gasto ineficiente, siendo más productivo dotar de mayores recursos a los tribunales tributarios y aduaneros, que son las instancias judiciales que emanan del imperio del Estado de Derecho para que exista justicia tributaria en nuestro país. Ahora bien, si los pequeños contribuyentes no puedan acceder a esta protección judicial por lo costoso que pudiera ser, creo que la solución sería la creación de una instancia similar a la Corporación de Asistencia Judicial que ofrezca la representación de abogados en forma gratuita a todos los contribuyentes que sientan la necesidad de entablar un reclamo judicial contra la acción del SII o de cualquier organismo estatal, en vez de crear figuras que terminarán siendo un centro de orientación y de consultas que solo entorpecerán el trabajo del organismo fiscalizador que ha sido premiado tanto nacional como internacionalmente.


Prof. Germán R.Pinto Perry

Director Magíster en Planificación y Gestión Tributaria

Universidad de Santiago

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