Banco Central suprime remuneración al encaje en moneda nacional

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El Banco Central informó este jueves que por acuerdo de Consejo, publicado hoy en el Diario Oficial, resolvió derogar el Título II referido al “Pago de Intereses al Encaje en Moneda Nacional” contenido en el Capítulo 3.1 del Compendio de Normas Monetarias y Financieras (CNMF).

Con ello, apuntó el organismo, se suprimirá la remuneración que el Banco paga actualmente a las empresas bancarias y cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif), sobre el encaje exigido a tales entidades por depósitos y otras captaciones a plazo a 30 días o más, en moneda nacional.

De acuerdo a la entidad, el acuerdo adoptado permite adecuar una regulación que no había tenido cambios desde 1992, en términos coherentes con la reducción de la inflación en los últimos 25 años y con las actuales prácticas a nivel internacional, de acuerdo a las cuales la gran mayoría de los bancos centrales no remunera el encaje monetario.

Cabe hacer notar que bajo el actual marco de política de la institución rectora, el encaje monetario no se utiliza como instrumento activo de política monetaria, sino más bien como una herramienta pasiva de estabilidad financiera. En tal sentido, concluyó la autoridad, la eliminación de la remuneración del encaje en moneda nacional no genera cambios en la estrategia ni ejecución de la política monetaria y tendrá sólo un efecto marginal sobre el costo de fondos de los bancos. La supresión de la remuneración del encaje surtirá efecto a contar del 8 de enero de 2019, con ocasión del primer periodo mensual de encaje del referido año calendario.

europapress