El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) emitió el Informe Nº 22/2022, en el proceso seguido para establecer las condiciones de competencia que deberán regir la licitación del Puerto de Chacabuco, a solicitud de la Empresa Portuaria Chacabuco (Emporcha).
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) señaló ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que es necesario realizar ajustes a las reglas de acceso y funcionamiento del primer sistema de gestión colectivo de residuos del país,
El informe fue aportado el 9 de marzo en el marco de la consulta formulada en diciembre del 2021 por la Compañía Minera Salares del Norte SpA, que señala que las bases de licitación presentarían características que podrían vulnerar el DL 211.
Los acuerdos extrajudiciales deben ser aprobados por el TDLC, para lo cual el Tribunal citó a las partes a audiencia a desarrollarse el día 2 de febrero a las 10:30 am.
Acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en julio del 2018 contra las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos Limitada y Martínez Ridao Chile Limitada
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia, TDLC, por una supuesta conducta de Interlocking por parte de la sociedad holding Larraín Vial y Juan Hurtado Vicuña.
Ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por infracción a la prohibición de interlocking horizontal, consistente en la participación simultánea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras.
Comprando embarcación de su único competidor, consignó la Fiscalía Nacional Económica.
El Subjefe de la División Antimonopolios de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Alejandro Domic, expuso ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) los cuatro ejes más relevantes para la regulación que podrá dictar el Tribunal respecto de las prácticas comerciales establecidas por las marcas de tarjetas de pago (Visa, Mastercard y Amex) en relación con operadores adquirentes, proveedores de servicios de pago y comercios.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que adopte medidas.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que realice más de 70 ajustes a los estatutos y bases de licitación del primer sistema de gestión colectivo de residuos del país, denominado SIGENEM, que pretende constituir un grupo de veinticinco empresas para dar cumplimiento a la Ley N° 20.920, de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), que establece el marco para la gestión de residuos y fomenta el reciclaje.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo extrajudicial suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y las empresas Soprole S.A. y Prolesur S.A., pertenecientes al mismo grupo empresarial, para cautelar la competencia en el mercado de recepción de leche fresca.En su Resolución, el Tribunal sostuvo que las obligaciones asumidas por las empresas en el acuerdo “cautelan la libre competencia toda vez que son proporcionales y suficientes para poner término a la investigación de la FNE”.En su decisión, el TDLC también señala que “las obligaciones que asumen las Sociedades Procesadoras tienen por objeto dar cumplimiento a las medidas impuestas en la Resolución N° 57/2019 y, así se han obligado a ajustar sus pautas de precios y contratos de modo de evitar obstaculizar la movilidad de los productores y generar exclusividades de facto, conforme a lo indicado en la sección IV del Acuerdo Extrajudicial”.Este acuerdo fue firmado en el marco de una investigación destinada a constatar el cumplimiento por parte de estas procesadoras de leche de lo ordenado por el Tribunal en la Resolución N° 57/2019, en la cual la Fiscalía identificó que, si bien las empresas hicieron modificaciones para ajustarse a lo dictaminado por el TDLC, también existían algunos espacios de mejoras.Estos aspectos fueron abordados en el acuerdo extrajudicial aprobado hoy, en el cual las procesadoras se comprometieron a adecuar sus pautas de precios, para mantener estricto apego a lo impuesto por la Resolución N° 57/2019, modificando aquellas bonificaciones cuya estructura pudiera constituir o propender a reducir la movilidad de los proveedores, además de establecer cláusulas contractuales de salida con un aviso previo de 30 días sin responsabilidad posterior para los productores, entre otros compromisos.Con este acuerdo extrajudicial la FNE pone término a la última investigación destinada a fiscalizar el cumplimiento de la Resolución N° 57 por parte de las principales empresas procesadoras del país obligadas a acatar su contenido.
El Jefe de la División Litigios de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Víctor Santelices, participóayer en la audiencia realizada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para analizar el acuerdo judicial suscrito entre la institución y las empresas Soprole S.A. y Prolesur S.A., pertenecientes al mismo grupo empresarial.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) junto a Soprole S.A. y Prolesur S.A., pertenecientes al mismo grupo empresarial, presentaron ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un acuerdo extrajudicial suscrito en el marco de una investigación destinada a constatar el cumplimiento por parte de estas procesadoras de leche de lo ordenado por el Tribunal en la Resolución N° 57/2019.
Y que elevarla a 50% tendría efectos procompetitivos
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) participó ayer en la audiencia pública realizada en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para revisar la solicitud de informe formulada en enero de este año por la Empresa Portuaria Austral (EPAustral) sobre la licitación de los recintos portuarios Arturo Prat y Mardones, en Punta Arenas, y el Terminal de Transbordadores de Puerto Natales.
Arch y Touchsmart, dos de los tres ex distribuidores oficiales que representaron a Samsung Chile durante cinco años, se encuentran actualmente enfrentadas al gigante tecnológico acusando incumplimientos de contrato por parte de la multinacional y graves faltas al libre mercado.
Tras consulta de la FNE.
Se trata de un contrato macro vinculante para el arrendamiento por 35 años.
Touchsmart, que representó a la marca coreana en Chile desde 2013, apunta a prácticas como la fijación de precios de reventa y abuso de dependencia económica. Recurso fue acogido a trámite. Samsung, por su parte, declaró que en el caso de Touchsmart "y en cualquier situación, (la firma) mantiene en todo momento una relación con sus partners y proveedores basada en la confianza, transparencia, el comercio justo y el cumplimiento con todas las leyes locales."