En diciembre, la Cámara despachó a ley el proyecto que fortalece la institucionalidad en materia de seguridad municipal pública (boletines 15940 y 15984). La iniciativa comenzó su tramitación en 2023 y es el fruto de la fusión de un proyecto del Ejecutivo y una moción orientada a normar los comités de seguridad vecinal y rural.
La nueva ley regula el rol comunal en este ámbito en cuatro perspectivas:
Lo anterior se realizará sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Seguridad Pública y otros órganos con atribuciones en la materia.
En el ejercicio de sus competencias en seguridad pública, se establece que la prevención del delito constituye la labor principal y prioritaria de las municipalidades. Así, podrán adoptar estrategias sociales, comunitarias y situacionales de prevención del delito. Para esto, deberán considerar la realidad territorial, presupuesto, población, geografía y problemáticas específicas de cada comuna.
En tanto, los gobiernos regionales podrán colaborar con las municipalidades en la formulación, implementación y financiamiento de planes y proyectos comunales en seguridad pública.

La ley establece un marco normativo específico para las inspectoras e inspectores de seguridad municipal. Aquí se fijan requisitos de nombramiento, incompatibilidades, deberes, capacitaciones obligatorias y causales de cesación.
Además, para el ejercicio de sus funciones, la ley también regula la provisión de elementos defensivos y de protección personal. Entre ellos se encuentran cascos, chalecos antibalas y anticortes, lentes, esposas, bastones retráctiles, elementos lacrimógenos naturales y de pulsación eléctrica.
Otra de las nuevas normas establecidas por la ley es que el director o directora de seguridad municipal, las inspectoras e inspectores, el alcalde y quienes integren del Concejo Municipal deberán someterse a procedimientos de control de consumo de drogas, regulados por reglamento.
De este modo, si se acredita consumo no justificado por tratamiento médico, deberán cesar en el cargo, resguardando la dignidad, intimidad y protección de datos personales.
Por otro lado, las municipalidades quedan facultadas para implementar sistemas de televigilancia, alerta ciudadana y análisis de datos. Pero, con reglas estrictas sobre su uso, prohibiendo la captación de sonidos y permitiendo únicamente el registro de imágenes con fines preventivos.
Además, la norma fortalece la composición, funcionamiento y atribuciones de los consejos comunales e intercomunales de seguridad pública. Para esto, amplía su integración y refuerza la obligación de asistencia.
Asimismo, crea un comité de coordinación operativa, encargado de la ejecución y seguimiento del plan comunal de seguridad pública, fortaleciendo la articulación institucional a nivel local.