abc S.A. consignó que el 17 de septiembre de 2024 se informó que Créditos, Organización y Finanzas S.A. (Cofisa) e Inversiones LP S.A. (ILP), filiales de la sociedad, acordaron la securitización de sus respectivas carteras de créditos, las cuales deberían ser entregadas a EF Securitizadora S.A., de acuerdo a los términos y condiciones del acuerdo denominado “Contrato Marco para la Cesión de Créditos” (Contrato Marco de Securitización), celebrado con fecha 17 de septiembre de 2024 entre la Securitizadora, Cofisa, ILP y AD Servicios de Cobranza y Financieros Ltda., para la conformación del Patrimonio Separado N°11 de la Securitizadora (Patrimonio Separado).
De conformidad con el Contrato Marco de Securitización, la Securitizadora y el Banco de Chile como representante de los tenedores de bonos celebraron el contrato de emisión desmaterializada de títulos de deuda de securitización con formación de patrimonio separado, que consta de escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2024, y sus modificaciones posteriores (Contrato de Emisión) inscritos en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo el número 1189. De conformidad con el Contrato de Emisión, se emitieron, con cargo al Patrimonio Separado, los bonos preferentes de las series A, B, C y D (Bonos Preferentes). De acuerdo con dicho contrato, los Bonos Preferentes devengarían intereses a una tasa del 10% anual, pagaderos trimestralmente.
Con fecha 15 de diciembre de 2025, en tanto, se realizó una junta de tenedores de Bonos Preferentes, con asistencia del Representante de los Tenedores de Bonos y el emisor de los mismos. En dicha junta, se acordaron las siguientes modificaciones respecto de los Bonos Preferentes de la serie D:
a) Que los intereses devengados por los Bonos Preferentes de la serie D y no pagados a la fecha de la junta y aquellos que se devenguen hasta el 20 de septiembre de 2026, sean capitalizados.
b) Dividir los Bonos Preferentes de la serie D, en una sub-serie D y una sub serie D-1. Los titulares de Bonos Preferentes de la serie D, tendrán derecho a optar entre mantenerse en la sub-serie D o que se les asignen bonos de la sub-serie D-1, una vez dictada la resolución exenta de la CMF que dé curso a la anotación de la modificación al Contrato de Emisión al margen de la inscripción de la emisión en el Registro de Valores, y que, en consecuencia, materialice la división de los Bonos Preferentes de la Serie D. Los bonos preferentes de la sub-serie D, mantendrá los mismos términos de los actuales Bonos Preferentes de la serie D, habida consideración de la capitalización referida en la letra a) precedente.
A su vez, los bonos de la sub-serie D-1 devengarán intereses a una tasa de un 9% anual, calculados sobre el saldo insoluto de los Bonos de la sub-serie D-1 al 20 de septiembre de 2025. No obstante, 7/9 de dichos intereses serán capitalizados y pagados conjuntamente con la amortización final de la sub serie D-1, en tanto que la diferencia (2/9) se pagará en las fechas de pago actualmente establecidas para el pago de intereses de los Bonos Preferentes de la serie D.
Los referidos Bonos de la Sub-Serie D-1 contarán con una garantía adicional a la fianza y codeuda solidaria constituida por las Filiales en favor del Representante de los Tenedores de Bonos, actuando por y en beneficio de los tenedores de bonos de la Serie D (Fianza y Codeuda Solidaria). Dicha garantía adicional consistirá en una prenda warrant sobre inventario, a ser constituida por la Sociedad, en los términos de la Ley N°18.690, para caucionar las obligaciones de las Filiales en favor de los Tenedores de Bonos de la Sub-Serie D-1, en virtud de la Fianza y Codeuda Solidaria.
Tendrán derecho a que se les asignen bonos de la sub-serie D-1, solo los titulares de los actuales Bonos Preferentes de la serie D. En la junta se estableció un procedimiento de ejercicio de la opción antes señalada y de asignación de los bonos de la sub-serie D-1 para quienes hagan uso de la misma, incluyendo la publicación de los correspondientes avisos para que los referidos titulares de los Bonos Preferentes de la serie D puedan ejercer su opción.
En el acto de la junta, las sociedades Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A., Compañía de Seguros Generales Consorcio Nacional de Seguros S.A. y CN Life Compañía de Seguros de Vida S.A. y Banco Consorcio, expresaron su interés por optar por los bonos sub-serie D-1.
Las modificaciones aprobadas se materializarán mediante el otorgamiento de una escritura de modificación del Contrato de Emisión, a ser suscrita por la Securitizadora y el representante de los tenedores de bonos. Una vez que dichas modificaciones surtan plenos efectos y se materialice el ejercicio de la opción antes señalada, podría implicar una mayor liquidez para las Filiales durante el año 2026 por un importe aproximado de MM$7.000. Para los ejercicios posteriores, la mayor liquidez podría alcanzar los MM$4.000 aproximado por ejercicio anual.