Sanidad saca a audiencia pública el RD que regula el acceso a atención sanitaria para personas migrantes

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MADRID, 26 (EUROPA PRESS)


El Ministerio de Sanidad ha publicado este viernes para trámite de audiencia e información pública el proyecto de Real Decreto (RD) que establece la manera de acreditar los requisitos que regulan el acceso a la atención sanitaria para personas extranjeras que viven en España sin residencia legal.



Según ha explicado Sanidad, el objetivo de esta norma es garantizar un acceso homogéneo a la sanidad universal en todo el país para personas migrantes en situación irregular, superando las barreras administrativas que se han identificado y las situaciones de aplicación desigual del Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud (SNS).



Ante esta situación, este RD desarrollará la regulación, con carácter reglamentario, del reconocimiento y control del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos en las condiciones contempladas en el Real Decreto-ley a las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en el país.



Para acreditar el derecho a la asistencia sanitaria, la norma recoge que las personas extranjeras sin autorización de residencia deberán presentar una declaración responsable en la que confirmen que no disponen de cobertura sanitaria por cualquier otra vía, como podría ser disponer de seguridad social de otro país, seguro privado, visado de estancia en vigor o tercero obligado al pago.



También deberán acreditar su residencia efectiva en España, por ejemplo, mediante empadronamiento de al menos tres meses o, en caso de no tener esta posibilidad, con documentos alternativos como certificados escolares, facturas de suministros o informes sociales.



El texto del proyecto establece que, mientras se tramita la solicitud y se espera la resolución definitiva, las personas recibirán un documento provisional acreditativo en el momento de presentar la solicitud. Este documento permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos desde el primer momento.



Desde el momento de la presentación de los documentos acreditativos, la Administración contará con un plazo máximo de tres meses para resolver. En caso de no respuesta, operará el silencio administrativo positivo, de forma que la solicitud se considerará estimada.



Para personas en situación de estancia temporal, se requerirá un informe de servicios sociales que acredite la especial vulnerabilidad, garantizando que la atención sanitaria no es el motivo de su desplazamiento.



ESPAÑOLES CON RESIDENCIA EN EL EXTRANJERO


Por otra parte, este proyecto de Real Decreto también busca extender el derecho a asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos a las personas españolas de origen que viven en el extranjero durante sus desplazamientos temporales a España y los familiares que les acompañen.



Para ello, modificará el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, que en la actualidad solo da este derecho a los pensionistas o trabajadores en el exterior. El nuevo texto corregirá las situaciones de desprotección y ampliará la cobertura al cónyuge, pareja de hecho e hijos menores de 26 años, o con discapacidad reconocida.



Este proyecto ya ha sido sometido a los trámites de consulta pública previa y, junto a la audiencia e información pública, se consultará a las entidades representativas de los sectores afectados. También será informada por el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), y se consultará a las mutualidades de funcionarios.




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